Logo

Legajo Nº 2 - IMPUTADO: AYALA YAURI YONI, LUCIANO Y OTROS s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA

Control de prórroga de prisiones preventivas solicitada por los detenidos; la Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga pero la redujo a seis meses, disponiendo la comunicación al tribunal de origen. La Cámara consideró fundada la resolución del a quo pero estimó procedente acortar el plazo por el estado procesal.

Prorroga Prision preventiva Control de oficio Detenidos Camara federal de casacion penal Casacion penal Reduccion de plazo Remision al tribunal de origen Ley 24.390 Plazo seis meses


¿Quién es el actor?

Luciano Ayala Yauri y otros (Sergio Daniel Wendler; Natalia Noemí Blanco; Román Andrés Solís; Nicolás Rubén Bravo; Matías Ezequiel Bravo; Lara Agostina Blanco; Andrea Soledad Blanco; Winston Hugo Argomedo Polo; Santiago Nahuel Leandro Almirón; Roxana Noemí Fernández).

¿A quién se demanda?

Tribunal de origen que había dispuesto la prórroga de las prisiones preventivas (resolución a quo).
- Objeto de la demanda: control de la prórroga de las prisiones preventivas dictadas por el a quo conforme al régimen del artículo 1º de la Ley 24.390 (modif. por Ley 25.430).

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de las prisiones preventivas dispuestas por el tribunal de origen, pero las redujo a seis (6) meses y ordenó remitir la presente al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Con invocación de las previsiones del artículo 1º de la Ley 24.390, reformado por Ley 25.430, el a quo prorrogó la prisión preventiva dictada respecto de Luciano Ayala Yauri Yoni, Sergio Daniel Wendler, Natalia Noemí Blanco, Román Andrés Solís, Nicolás Rubén Bravo, Matías Ezequiel Bravo, Lara Agostina Blanco, Andrea Soledad Blanco, Winston Hugo Argomedo Polo, Santiago Nahuel Leandro Almirón y Roxana Noemí Fernández a partir del 22 de agosto del corriente y por el término de un (1) año. Por cuanto la resolución se encuentra fundada de conformidad con las previsiones de la norma citada y en atención al estado procesal en el que se encuentran las actuaciones, corresponde tomar nota de la prórroga dispuesta, A pero reduciéndolas a seis (6) meses. En virtud de lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: TOMAR NOTA de la prórroga de las prisiones preventivas dispuestas por el a quo, pero reduciéndolas a seis (6) meses."
- Disidencias: no consta voto en disidencia en el bloque dispositivo final; la decisión que releva es la aquí transcrita.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar