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QUIROZ, LUIS PEDRO Y OTROS c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores reclamaron indemnización por daños y perjuicios por cortes de energía eléctrica ocurridos entre el 22/10/2021 y el 21/10/2024. El Juzgado hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de falta de legitimación y condenó a EDESUR S.A. a abonar $1.400.000 más intereses por daño material y moral.

Dano moral Intereses Costas Dano material Edesur Responsabilidad contractual Legitimacion activa Servicio publico Cortes de energia Enre


¿Quién es el actor?

Luis Pedro Quiroz; Valeria Soledad Ferreyra; Luis Elías Quiroz; Estefanía María Quiroz.

¿A quién se demanda?

Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR S.A.).
- Objeto de la demanda: acción de daños y perjuicios por cortes e irregularidades en el suministro eléctrico ocurridos entre el 22/10/2021 y el 21/10/2024, por la suma pretendida de $8.400.000 más intereses, costas y costas procesales.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de falta de legitimación activa opuesta por EDESUR S.A. y se hizo lugar a la demanda; se condenó a EDESUR S.A. a pagar la suma total de $1.400.000 (a razón de $350.000 por cada actor), con más sus intereses desde el 25/05/22 hasta el efectivo pago, y con costas a cargo de la demandada. Se difirió la regulación de honorarios y se ordenaron actos administrativos para la apertura de cuenta judicial. (Plazo de pago: 10 días hábiles desde que la sentencia quede firme, consentida o ejecutoriada.)
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes): Sobre legitimación activa y prueba: "De los documentos nacionales de identidad aportados por los actores, también surge como su domicilio, el denunciado en autos. Asimismo, los testigos que declararon en la causa han aportado certeza para determinar la calidad de usuarios de los actores del servicio en el referido inmueble durante el período reclamado... En consecuencia, se tiene por acreditada la calidad de usuarios de los actores en el inmueble mencionado durante el período reclamado." Sobre existencia de incumplimiento: "A tenor del informe brindado por el Ente Nacional Regulador de Electricidad ... se desprenden los cortes de suministro eléctrico que se produjeron entre el 22/10/21 al 21/10/24 insumieron un total de 5.589 minutos. Esto equivale a un periodo aproximado de poco más de 3 días sin suministro eléctrico en un plazo de 3 años... no queda más que tener por acreditado que, en el caso, Edesur S.A. no ha cumplido con la obligación de prestar el servicio de suministro eléctrico en el modo convenido." Sobre atribuibilidad y eximentes: "por cuanto no ha probado que el hecho respondió a una causa que no le fuera imputable, esto es, caso fortuito o fuerza mayor... la culpa del deudor incumplidor se presume iuris tantum por el hecho de la inejecución." Cuantificación de daños: "A mayor abundamiento... estimo que corresponde otorgar la suma total de $800.000 ($200.000 para cada uno de ellos) [daño material]... en los términos del art. 165 del Código de rito, estimo que corresponde otorgar la cantidad de $600.000 ($150.000 para cada uno de los accionantes) [daño moral]... El monto total de condena asciende a la suma de $ 1.400.000..." Daño punitivo: "considero que dichos extremos no se encuentran debidamente acreditados en autos, por lo que no resulta procedente el pedido formulado... El planteo de inconstitucionalidad del art. 52 bis de la ley 24.240 de Edesur S.A. deviene inoficioso."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el acto de primera instancia.

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