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VAZQUEZ, GABRIELA ALEJANDRA c/ CAMPAGNA, VICENTE CARLOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor del Chevrolet Astra y terceros. El Juzgado admitió la acción y condenó a Campagna, Quinteros y, extensivamente, a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales a pagar $107.308.938 más intereses; rechazó las pretensiones contra los terceros citados en garantía.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Costas Pericia mecanica Cosa riesgosa Dano material Art. 1113 cod. civil Intereses uva 8%


¿Quién es el actor?

Gabriela Alejandra Vázquez.
- Demandados: Vicente Carlos Campagna; María del Carmen Quinteros; citaciones en garantía: La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales (aseguradora), Orbis Compañía Argentina de Seguros SA, La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada; tercero citado: Lucas Nahuel Maidana.
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 2/7/2015 en Acceso Oeste (General Rodríguez), donde el vehículo conducido por Campagna habría invadido carril contrario e impactado la Suran de la actora, provocando lesiones y daños materiales.

¿Qué se resolvió?

Se admitió la demanda de Vázquez contra Campagna y Quinteros y se los condenó, junto con La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales en extensión, a abonar $107.308.938 dentro de diez días, más intereses fijados conforme al considerando IV. Se rechazó la demanda contra los terceros Lucas Nahuel Maidana, Orbis S.A. y La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada; se impusieron las costas a la demandada vencida y a La Segunda por la citación de terceros (ver punto 4 del fallo).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "poca duda puede existir en cuanto a que la controversia se rige por lo establecido en el segundo párrafo in fine del art. 1113 del Código Civil hoy derogado, conforme al cual el dueño de la cosa riesgosa responde objetivamente por el daño padecido por la víctima, salvo que demuestre la ruptura del nexo causal." "bastaba a los demandantes con demostrar el contacto material entre los vehículos y la producción del daño para que nazca la presunción de adecuación causal ... incumbió al demandado y a su aseguradora la alegación y prueba de alguna de las eximentes." "tengo para mí que en el sub examine no existe constancia alguna que permita tener por acreditada la eximente invocada por la aseguradora." "Por todo lo expuesto, FALLO: 1) Admitiendo la acción promovida por Gabriela Alejandra Vázquez ... condeno a estos últimos a abonar ... $ 107.308.938.-."
- Notas sobre prueba y valoración: el juez otorgó pleno valor probatorio a la pericia mecánica y médica (art. 477 CP), valoró la declaración testimonial de Leonardo Secchi y la pericia que concluyó que el Chevrolet Astra invadió el carril contrario con impulso que produjo impactos a dos rodados; entendió que las aseguradoras no acreditaron la eximente por hecho de un tercero y que la carga probatoria de esa eximente incumbía a ellas. No hubo disidencia.

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