Logo

ADEF ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA c/ NAVARRO FARMACEUTICA SCS s/EJECUCION FISCAL ? Varios

El perito interventor apeló la regulación de sus honorarios solicitando su incremento. La Cámara Federal de La Plata modificó la regulación y elevó los honorarios a 4 UMAs ($416.880), por ser el mínimo legal previsto y evitar que la pauta específica conduzca a una retribución inferior al mínimo arancelario.

Honorarios Apelacion Regulacion Minimos arancelarios Uma Ley 27.423 Camara federal de la plata Art. 32 Perito interventor Art. 58 inc. d)


¿Quién es el actor?

Perito interventor Jacobo Mario Waisberg (recurriente).
- Demandado / contra quien se interpuso el recurso: la resolución de fecha 23/2/26 dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia N°3, Secretaría N°8 de Lomas de Zamora (acto recurrido).
- Objeto de la demanda: impugna la regulación de sus honorarios por considerarlos inferiores al mínimo legal y solicita su incremento.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó y elevó los honorarios del perito interventor Jacobo Mario Waisberg a la cantidad de 4 UMAs ($416.880), ordenando que los montos fijados en UMAs se abonen según el valor vigente al momento del pago (art. 51, ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "La Ley 27.423 contempla específicamente, en su art. 32, la regulación de los honorarios correspondientes a los administradores judiciales, interventores y veedores, estableciendo para tales supuestos una escala del diez por ciento (10%) al veinte por ciento (20%) sobre el monto de las utilidades realizadas durante su desempeño." "Asimismo, la norma dispone expresamente que los jueces no podrán apartarse de los mínimos establecidos por la ley, los cuales revisten carácter de orden público. Tal carácter ha sido expresamente reconocido por la jurisprudencia al aplicar los mínimos arancelarios establecidos en la Ley 27.423." "Una interpretación armónica de las disposiciones citadas conduce a considerar que el art. 32 determina la pauta específica para establecer la remuneración del interventor, mientras que el art. 16 impide que, en definitiva, la regulación quede por debajo de los mínimos legales cuando éstos resulten aplicables... En consecuencia, si la aplicación de la pauta específica del art. 32 arroja un resultado inferior al mínimo de cuatro (4) UMAs previsto por el art. 58 inc. d), corresponde adecuar la regulación a dicho mínimo..." "En consecuencia, el Tribunal estima que los honorarios regulados al perito interventor Jacobo Mario Waisberg resultan bajos, por lo que cabe modificarlos y elevarlos a la cantidad de 4 UMAs ($416.880)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el acuerdo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar