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MATUS, CARLOS MANUEL c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO

El actor promovió acción meramente declarativa contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero solicitando declarar la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de normas del impuesto a las ganancias aplicadas sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado: elevó los honorarios de la representación letrada a veinte (20) UMA, confirmó el resto de lo resuelto y ordenó imponer las costas de la Alzada por su orden.

Costas Honorarios Impuesto a las ganancias Allanamiento Tasa de justicia Uma Accion meramente declarativa Haberes previsionales Ley 27.423 Art.70 cpccn


¿Quién es el actor?

Matus, Carlos Manuel.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), antes AFIP.
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de derecho para declarar la inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias que justificaron la retención del tributo sobre haberes previsionales y la devolución de sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la resolución de fecha 4 de mayo de 2026 en lo relativo a la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora, elevándolos a veinte (20) UMA; se confirmó en todo lo demás lo decidido; se impusieron las costas de la Alzada por su orden y se dejó diferida la regulación de honorarios que pudiera corresponder en su oportunidad. Además se recordó la obligación del Juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar la causa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "El allanamiento como causal de exoneración del pago de las costas está condicionado por la actitud que, en cada caso, asume el vencido, quien para eximirse de las mismas su allanamiento debe ser real, incondicionado, oportuno, total y efectivo y asimismo no debe haber incurrido en mora o que por su culpa hubiere dado lugar a la reclamación, todo de conformidad al art. 70 del CPCCN..." "En consecuencia, atento las particularidades del caso en donde surge con claridad que el objeto de la presente acción fue obtener la declaración de inconstitucionalidad de las normas que gravan con el Impuesto a las Ganancias la percepción de haberes jubilatorios del actor, y la devolución de las sumas retenidas, considero le asiste razón a la recurrente en su planteo, motivo por el cual no encuentro razón alguna para apartarme de mínimo legal antes señalado, debiendo elevarse la regulación de honorarios efectuada a la representación legal de la parte actora en veinte (20) UMA." "En base a lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la Resolución de fecha 4 de mayo de 2026 dictada por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba en cuanto a los honorarios regulados a favor de la representación legal de la parte actora, los que se elevan a la suma de veinte (20) UMA confirmándose en todo lo demás que decide y ha sido motivo de agravios. Las costas de la Alzada se imponen por su orden (art.68, 2° parte del CPCCN.) atento el resultado arribado, difiriéndose la regulación de honorarios que pudiera corresponder para su oportunidad."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Avalos y Montesi) votaron en idéntico sentido.

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