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HARTMANN ROLF ERIK ROBERT c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su prestación previsional conforme a la ley 24.241 por servicios mixtos y planteos de inconstitucionalidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó la defensa de prescripción y ordenó a ANSES recalcular y abonar el haber y los retroactivos dentro de 120 días.

Prescripcion Mopre Retroactivos Pbu Reajustes previsionales Servicios mixtos Ley 24.241 Ejecucion de sentencia. Movilidad ley 27.609 Proporcionalidad contributiva

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: HARTMANN ROLF ERIK ROBERT. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste del beneficio previsional otorgado al amparo de la ley 24.241 por servicios mixtos, impugnación de diversas disposiciones legales por inconstitucionalidad y pedido de retroactivos por diferencias de haberes. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó la defensa de prescripción invocada por ANSeS; se ordenó a ANSeS a abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en el orden causado; y se diferió la regulación de honorarios hasta la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." "Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”)." "A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que permiten llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda. En este orden, resulta insuficiente para tener por demostrada la lesión constitucional invocada el argumento esbozado."
- Disidencias: no se presentan votos en disidencia en el decisorio; la resolución es dictada por el Juez de primera instancia conforme al bloque resolutorio transcripto.
- Observaciones procedimentales relevantes: se fijó el plazo de retroactividad limitado a dos años previos a la interposición del reclamo administrativo que concluyó con la resolución impugnada, con límite en la fecha de adquisición del beneficio (11/02/2025). La actualización del MOPRE/PBU y las movilidades aplicables se ajustarán conforme a precedentes y leyes vigentes (Badaro, leyes 26.417, 27.609, etc.). Se diferieron cuestiones relativas a topes, ganancias y descuentos para la etapa de ejecución, y la regulación de honorarios fue diferida para cuando exista liquidación aprobada.

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