IURINO SALVADOR (TF 40003-A) Y OTRO c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Los actores Iurino Salvador y otro promovieron recurso directo contra la DGA solicitando la regulación de honorarios. La Cámara confirmó la regulación previa y reguló honorarios a favor del Dr. Agustín Seratti en 197,86 UMAs (equivalentes a $20.620.969,2), imponiendo su pago a la parte demandada y aclarando que el IVA no está incluido.
¿Quién es el actor?
IURINO SALVADOR (TF 40003-A) y otro.
¿A quién se demanda?
DGA (Dirección General de Aduanas).
- Objeto de la demanda: Recurso directo de organismo externo, con pretensión de confirmación/regulación de honorarios profesionales por actuación en instancia anterior y en alzada.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la regulación de honorarios consignada a fojas 196/198 respecto del Dr. Agustín Seratti y del Dr. Rúben Ferraro, y por el trabajo en alzada se reguló a favor del Dr. Agustín Seratti la suma de 197,86 UMAs (equivalentes a $20.620.969,2), a cargo de la parte demandada, conforme la imposición de costas de fojas 188. Se aclaró que los importes no incluyen IVA y que, si correspondiera, la parte obligada deberá depositar el IVA junto con el pago.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"I.
- Que en función de la naturaleza; del resultado obtenido y la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia, por el Dr. Agustín Seratti, corresponde confirmar la regulación de honorarios de fojas 196/198 del expediente en soporte papel (conf. arts. 16, 20, 21, 25, 44 y 51 de la Ley Nº 27.423 y Resol. SGA Nº 1930/2026) A su vez, en función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido ante la anterior instancia por el Dr. Rúben Ferraro, corresponde confirmar la regulación de honorarios de fojas 196/198 del expediente en soporte papel (conf. arts. 16, 20, 21, 25, 44 y 51 de la Ley Nº 27.423 y Resol SGA Nº 1930/2026)."
"II.
- Que el por el trabajo realizado ante esta alzada, corresponde regular los honorarios del Dr. Agustín Seratti la suma de 197 ,86 UMAs -equivalentes a $20.620.969,2
- a cargo de la parte demandada conforme la imposición de costas de fojas 188 (conf. arts. 16, 20, 21, y ccdtes. de la Ley Nº 27.423 y la Resol SGA Nº 1930/2026)."
"III.
- Que cabe dejar aclarado, que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que – frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; la resolución aparece firmada por los jueces de Cámara que suscriben.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: