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C., D. E. c/ CAMBRIA, JOSE s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

La actora demandó por mala praxis quirúrgica tras mastopexia y extracción protésica realizada en 2011; la Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó al médico demandado y a su aseguradora a pagar $27.000.000 más intereses por las secuelas estéticas y psíquicas debidas a errores en la planificación y ejecución.

Responsabilidad civil Pericia medica Mala praxis Dano psiquico Dano estetico Cirugia plastica Condena Mastopexia Seguro de responsabilidad profesional Asimetria mamaria


¿Quién es el actor?

D. E. C. (actora).

¿A quién se demanda?

Dr. José Cambria; citada en garantía: SMG Compañía Argentina de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: acción por daños y perjuicios por mala praxis médica derivada de intervención mamaria (mastopexia y extracción de prótesis) del 26/08/2011, con alegadas secuelas estéticas, asimetría y perjuicio psíquico.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y se admitió la demanda; se condenó al Dr. José Cambria a pagar a la actora, dentro de diez días, la suma de $27.000.000, más intereses, y se extendió la condena a SMG Compañía Argentina de Seguros S.A., en la medida del seguro. Costas de ambas instancias a cargo del vencido. Se dejaron sin efecto las regulaciones de honorarios de primera instancia y se procedió a adecuarlas conforme la normativa aplicable.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): "El dictamen pericial del Dr. Gerardo San Martín Lorenzo (ver presentación digital del 12/6/2025) precisa e identifica las falencias del cirujano demandado." "No se realizó una evaluación detallada de la asimetría mamaria, ni un asesoramiento y planeamiento prequirúrgico preciso... Evolucionó con la presencia de una reducción mamaria insuficiente (levantamiento), persistencia de la asimetría mamaria, asimetría en el diámetro de las areolas, extensas cicatrices inestéticas en ambas mamas y distorsión de la forma de la mama derecha." (contestación a la impugnación, p. 4) "Considero que la revisión quirúrgica de las cicatrices mamarias bajo anestesia local, realizada el día 12 de abril de 2012... se planificó y desarrolló de manera inadecuada, imprudente e insegura para el paciente... Teniendo en cuenta que el objetivo del procedimiento era mejorar las cicatrices, corregir la asimetría... considero imprudente la realización de dicha intervención en el consultorio profesional." (contestación a la impugnación del 16/7/2025, p. 5) "De las constancias obrantes en autos, los procedimientos quirúrgicos realizados y el examen medicolegal, surgen elementos de juicio suficientes como para establecer una relación causal directa entre los hechos y las secuelas de la actora" (dictamen del 12/6/2025, p. 13). Además, el voto explica la cuantificación indemnizatoria detallada: partidas por incapacidad (fijada a valores actuales en $8.000.000), tratamiento psicológico ($5.000.000), gastos de intervención correctiva ($6.000.000), daño moral ($8.000.000), más intereses al 8% anual desde el hecho; total concreto resultante en la condena por $27.000.000 más intereses, plazo de cumplimiento diez días y extensión de la condena a la aseguradora en la medida del seguro.
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la Dra. Benavente adhiere al voto precedente y el acuerdo dispone la resolución citada.

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