COCERES, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Reclamo contra ANSeS por reajustes de haberes y liquidación de retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declaró de oficio inconstitucionales las Resoluciones ANSeS Nº56/2018 y Secretaría de Seguridad Social Nº1/2018, y revocó lo resuelto respecto del art. 2 de la ley 27.426 y del art. 55 de la ley 27.541 conforme a precedentes.
¿Quién es el actor?
María Cristina Coceres (actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad de haberes previsionales, pago de haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas y resoluciones (DNU 157/2018, ley 27.426 art.2, ley 27.541 art.55, Resolución ANSeS 56/2018 y SSRSS 1/2018); regulación de honorarios; cuestión impositiva sobre retroactivos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en lo materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSeS Nº56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social Nº1/2018; revocó lo resuelto respecto del artículo 2 de la ley 27.426 (según Considerando 3°) y respecto del artículo 55 de la ley 27.541 debiendo estarse a los precedentes “MULLER” y “GOTTIG”; impuso costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló honorarios de alzada en 30% de lo que se determine en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"Respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27426, se señala que pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal en autos “OLLOCCO, Carlos Alberto, Acuerdo del 19/05/2020 y “ROMANO, Rodolfo”, Acuerdo del 21/05/2020, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos”. CSS 138932/2017/CS1 CSS 138932/2017/2/RH1, mediante sentencia del 04 de diciembre de 2025, y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal de justicia de la nación, no sólo por su carácter de intérprete supremo sino por razones de celeridad y economía procesal que hacen conveniente evitar todo dispendio de actividad jurisdiccional, corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
"En cuanto al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto el juez a quo aplicó el fallo “Morales” de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
- Citas textuales importantes: Se reiteran las expresiones citadas en los párrafos anteriores, en particular la declaración de inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS Nº56/2018 y SSRSS Nº1/2018, y la referencia a conformarse con la jurisprudencia de la CSJN como motivo para revocar la declaración de inconstitucionalidad del art.2 de la ley 27.426.
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia "con la solución propuesta en relación a la movilidad" y remite a los fundamentos del acuerdo en "MORAS, Camilo Ángel c/ ANSeS", adhiriendo en lo demás a las preopinantes. Esa disidencia sobre el criterio de movilidad quedó en minoría y no modificó el resultado del Acuerdo.
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