FIGNONE, VICTORIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
FIGNONE reclamó reajustes previsionales contra ANSeS por recálculo y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 (diferimiento para ejecución), declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, condenó en costas a la demandada y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
FIGNONE, Victorio.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas (ley 27.609, DNU 157/2018, Resolución SSS 06/09) y regulación de intereses, impuesto a las ganancias, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en las materias objeto de agravios; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 y diferió su tratamiento para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló los honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"5°) Sobre el planteo formulado respecto de la ley 27.609, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados “MAS, MABEL GLADIS c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTES VARIOS”, expte N° FRO 8406/2024/CA1, de esta Sala “B” integrada
- Acuerdo del 30/12/2025, pudiéndose ingresar para su lectura a https://www.csjn.gov.ar/tribunales-federales-nacionales/sentencias.html o a disposición de las partes en Secretaría. En dicho Acuerdo, por mayoría, se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución."
"7°) Sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020 ... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628 (Considerando 3)."
"10°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo”, expte. N° FCR 21049166/2011/CS001, mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423 ...".
- Disidencia: el Dr. Aníbal Pineda expresó disenso con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609, adhiriendo a los fundamentos que expuso en autos "MAS, MABEL GLADIS..." (señalado en su voto 3°). Esa posición quedó en minoría respecto al acuerdo que revocó la declaración y diferirá su tratamiento.
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