SALAS, ZEUS MILENKO STEVEN c/ ROMANI TURNES, JAVIER AGUSTIN Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Romani Turnes y otros, reclamando vínculo laboral y prestaciones. La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda por falta de prueba de la relación laboral, impuso las costas de Alzada a la actora y reguló honorarios de alzada en el 30%.
¿Quién es el actor?
SALAS, Zeus Milenko Steven (actor/accionante).
¿A quién se demanda?
ROMANI TURNES, Javier Agustín y otros (demandados).
- Objeto de la demanda: acción por despido; se reclamó el reconocimiento de la relación de trabajo (ingreso 24/10/2014, egreso 30/4/2015) y las consecuencias indemnizatorias correspondientes, inclusive por accidente in itinere.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, confirmó la sentencia apelada que había rechazado la demanda; impuso las costas de Alzada a cargo de la parte actora y reguló los honorarios de los letrados que actuaron en alzada en el 30% de los que les correspondan por los trabajos realizados en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Lo cierto es que el análisis de dicha prueba, a mi juicio, no evidencia que el pretensor haya prestado servicios para la demandada."
"No resulta admisible considerar las declaraciones de personas ajenas al establecimiento, que mal pueden expresar un conocimiento acabado acerca de aspectos propios de la organización y el ámbito de trabajo."
"Con sustento en estas consideraciones y toda vez que no hay prueba alguna que demuestre que el actor trabajara para la demandada, no resulta aplicable el art. 23 de la LCT."
"Por lo expuesto, propongo se confirme la sentencia apelada. Se mantenga la imposición de costas de la instancia anterior (conf. art. 68 CPCCN). Se confirmen las regulaciones de honorarios. Se impongan las costas de Alzada a cargo de la parte actora (conf. art. 68 del CPCCN) y se regulen los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de los que les correspondan por los trabajos realizados en la instancia anterior (art. 30 de la ley 27.423)."
- Votos: El Dr. Víctor Arturo Pesino expuso y propuso confirmar; la Dra. María Dora González adhirió "por análogos fundamentos". No se registran votos en disidencia.
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