Logo

Incidente Nº 29 - AGRUPACION POLITICA: MOVIMIENTO SOCIALISTA Y DEL TRABAJO NRO. 245 - DISTRITO CORDOBA s/CONTROL PATRIMONIAL

Control patrimonial de Movimiento Socialista y del Trabajo por el balance 2024. El Juzgado Federal N°1 de Córdoba aprobó el Estado Anual Patrimonial y las Cuentas de Ingresos y Egresos de 2024, al considerar que se cumplimentaron los requisitos del art. 23 de la Ley 26.215 y ante el informe favorable de la Auditora Contadora y del Fiscal Federal subrogante.

Fiscalia federal Camara nacional electoral Ley 26.215 Control patrimonial 2024 Aprobacion de balance Movimiento socialista y del trabajo Cuentas de ingresos y egresos Estado anual patrimonial Auditora contadora


¿Quién es el actor?

Partido Movimiento Socialista y del Trabajo (apoderado de la agrupación).
- Demandado / órgano requerido: Juzgado Federal con competencia electoral (control judicial de estados contables); se informó asimismo a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral.
- Objeto de la demanda: Aprobación del Estado Anual Patrimonial y de las Cuentas de Ingresos y Egresos correspondientes al ejercicio 2024, conforme art. 23 Ley 26.215.

¿Qué se resolvió?

Se aprobó el Estado Anual Patrimonial y las Cuentas de Ingresos y Egresos del partido Movimiento Socialista y del Trabajo correspondientes al ejercicio 2024; además se ordenó poner el decisorio en conocimiento de la Cámara Nacional Electoral, la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN, y protocolizar y hacer saber la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "III) La Auditora Contadora emitió informe favorable para la aprobación del Estado Anual Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos del partido Movimiento Socialista y del Trabajo, correspondientes al ejercicio del año 2024, en virtud de que la agrupación ha cumplimentado con las exigencias contempladas por el art. 23 de la Ley 26.215. Respecto de lo observado en el punto 2.7 de su informe, cabe precisar que con las constancias obrantes en estas actuaciones ha quedado debidamente acreditado el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 12 de la Ley 26.215." "IV) La señora Fiscal Federal Subrogante manifestó en su dictamen de fs. 219 que corresponde aprobar los estados contables presentados por el partido." "V) El suscripto estima conveniente proceder a la aprobación del Estado Anual Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos relativos al ejercicio del año 2024, en tanto la agrupación ha dado cumplimiento a los recaudos legales establecidos por el art. 23 de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos."
- Disidencias: No obran votos en disidencia; la resolución se adoptó por el juez que suscribe.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar