GENOMMA LABORATORIES ARGENTNA SA c/ EN - AFIP - DGA - SIGEA 19144/10063/2019 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Genomma Laboratories Argentina SA solicitó regulación de honorarios por la contestación del traslado del recurso extraordinario. La Cámara fijó los honorarios de la Dra. Estela Beatriz Heit en $521.100 (equivalente a 5 UMA), ordenando que el IVA integre las costas y deba adicionarse cuando el profesional sea responsable inscripto; si no lo hubiera denunciado, el plazo para el pago del IVA correrá desde que lo haga.
¿Quién es el actor?
GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA SA.
¿A quién se demanda?
EN
- AFIP
- DGA
- SIGEA.
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios por la actuación de la letrada apoderada en la contestación del traslado del recurso extraordinario deducido por la accionada.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al planteo de regulación y se fijaron los honorarios de la Dra. Estela Beatriz Heit en la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MIL CIEN ($521.100), equivalente a 5 UMA; además, se decidió que el importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto en IVA, y que, en caso de no haber denunciado dicha calidad, el plazo para el pago del tributo comenzará a correr desde la fecha en que lo haga. Se ordenó registrar, devolver y notificar en la instancia de origen a cargo de la interesada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que en atención a lo solicitado con fecha 31/08/2026, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto y el resultado obtenido; atento el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, dado que se trata de la contestación del traslado del recurso extraordinario deducido por la accionada (conf. presentación de fecha 17/10/2024) y la proporción que deben guardar los honorarios con los emolumentos regulados en cuanto al fondo de la cuestión, cabe fijar en la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MIL CIEN ($521.100) -equivalente a 5 UMA-; los honorarios de la DRA. ESTELA BEATRIZ HEIT, por su actuación como letrada apoderada, actuante en la defensa de la actora (arts. 16, 20, 29, 30, 31, ccdtes. y citados de la ley 27.423
- Dto. Nº 1077/17)."
"El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo (conf. esta Sala in re: 'Beccar Varela Emilio – Lobos Rafael Marcelo c/Colegio Públ. de Abog.', del 16 de julio de 1996)."
"Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el texto aportado.
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