Logo

ARCA c/ WCG IMPORT & EXPORT S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal contra WCG Import & Export S.R.L. por $19.838.776,06; se declaró expedita la ejecución y se habilitó a la AFIP a proceder hasta obtener el íntegro pago, imponiéndose costas a la ejecutada.

Costas Inhibicion general de bienes Ejecucion fiscal Liquidacion de deuda Afip Embargo bancario 06 Art. 92 ley 11.683 Imputacion de fondos Disposicion 276/08 afip Deuda tributaria $19.838.776

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARCA (actuando como Administración Federal de Ingresos Públicos / ejecutante fiscal). Demandado: WCG IMPORT & EXPORT S.R.L. Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $19.838.776,06 más intereses legales, conforme boleta de deuda agregada. Decisión: Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra WCG IMPORT & EXPORT S.R.L., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $19.838.776,06 con más sus intereses legales; se impusieron las costas a la demandada y se ordenaron las medidas de embargo bancario e inhibición general de bienes en los términos señalados, con regulación de honorarios conforme art. 92 Ley 11.683 y Disposición 276/08 de AFIP.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." "Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia ... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..." "De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente -, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión corresponde al Juzgado Federal de Córdoba 2 en la forma transcripta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar