ALTAMIRANO, FLORENCIA CECILIA c/ SCOLLO, PATRICIA GRACIELA VIVIANA Y OTROS s/DESPIDO
Demanda laboral por despido e incumplimientos derivados de relación laboral y pago de rubros indemnizatorios. El Juzgado hizo lugar a la demanda, condenó solidariamente a MAMA RAISA SRL, SCOLLO PATRICIA GRACIELA y SAV S.A. al pago de $603.807,93 más intereses y ordenó entrega de certificado de trabajo y astreintes por incumplimiento.
¿Quién es el actor?
ALTAMIRANO FLORENCIA CECILIA.
- Demandados: SCOLLO PATRICIA GRACIELA; SAV S.A.; MAMA RAISA S.R.L.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones por despido, horas extra, diferencias salariales por remuneración parcialmente abonada "en negro", certificaciones de servicio y demás rubros laborales (art. 80 LCT), multas por incumplimientos (ley 24.013) y aplicación del art. 2 Ley 25.323.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó solidariamente a MAMA RAISA SRL, SCOLLO PATRICIA GRACIELA y SAV S.A. a pagar a la actora la suma de $603.807,93 dentro del quinto día mediante depósito judicial, con más intereses en la forma indicada; se impusieron costas a las demandadas vencidas; se condenó a MAMA RAISA SRL a entregar el certificado de trabajo en plazo bajo apercibimiento de astreintes; se ordenó reintegro del honorario básico al Fondo (ley 24.635); y se regularon honorarios por UMA a los letrados y perito (determinados en la parte dispositiva).
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes):
"La intimación que debe cursar el empleador le concede al trabajador la oportunidad de explicar los motivos que tuvo para ausentarse o, inclusive, negar el incumplimiento que se le imputa... Nótese que la demandada no intentó jamás dilucidar el motivo de la inasistencia de la actora, sino que extinguió la relación laboral en forma inmediata, sin esperar que su dependiente brindara explicación alguna. Por tanto, encuentro que el despido directo dispuesto resultó apresurado, injustificado y arbitraria (cfr. art. 242 LCT)."
"En la especie la empresa empleadora de quien acciona desarrolló actividades que cuadran en una delegación de al menos parte de su actividad normal y específica... con lo cual se activa la responsabilidad solidaria que prevé el art. 30 de la LCT."
"Prosperará el incremento indemnizatorio del art. 2 de la ley 25.323, ya que la accionante acreditó el cumplimiento del requisito formal de la intimación previsto por la norma."
Liquidación principal reproducida en el fallo: "TOTAL $ 603.807,93".
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el pronunciamiento.
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