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BOVEDA PEDRO ROLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS solicitando redeterminación del haber inicial y pago de retroactivos por reajustes varios. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda: admitió la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a dos años del reclamo administrativo, diferió la actualización de la PBU a la ejecución, desestimó planteos de inconstitucionalidad sobre topes y ordenó pago desde el 8/10/2022 con intereses.

Intereses Ejecucion de sentencia Anses Haberes jubilatorios Topes legales Prescripcion administrativa Pbu Reajustes varios Ley 24.241 Ley 24.463

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BOVEDA PEDRO ROLANDO. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Redeterminación del haber inicial jubilatorio, pago de retroactivos por reajustes varios, actualización de la PBU (Prestación Básica Universal) y declaración de inconstitucionalidad de los topes legales aplicables. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se admitió la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 para créditos anteriores a los dos años previos al reclamo administrativo; se diferenció el tratamiento de la actualización de la PBU para la etapa de ejecución conforme al índice y método fijados en el considerando; se desestimaron los planteos relativos a los arts. 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 y al art. 9 de la ley 24.463; se ordenó pagar al actor desde el 8/10/2022 (dos años previos al reclamo administrativo) en el plazo del art. 22 de la ley 24.463, adicionando intereses hasta el efectivo pago; se aplicó el criterio de la CSJN respecto de costas y se difirió la regulación de honorarios a la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "En materia previsional, el derecho al beneficio es imprescriptible. La demora en iniciar las tramitaciones previsionales no puede producir otras consecuencias que aquellas previstas en la ley para la liquidación de los haberes retroactivos (CSJN. R.460.XXXVIII.R.O.Ruidiaz, José Luis c/ ANSeS s/impugnación fecha inicial de pago, del 07/12/10)." "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme." "En cuanto a los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN 'Spitale, Josefa Elida' en Fallos 327:3721)." "Respecto de la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037)..." "Por lo expuesto, RESUELVO: Hacer lugar parcialmente a la demanda y: 1) Hacer lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada en los términos del art. 82 de la ley 18.037. 2) Diferir el tratamiento del planteo sobre actualización de la PBU para la etapa de ejecución... 4) Ordenar pagar a favor del actor... desde los dos años previos al reclamo administrativo, es decir, desde el 8/10/2022. A la suma resultante deberán adicionarse sus intereses..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la resolución es única y firmada por la Dra. Alicia Isabel Braghini.

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