SOSA, BRIAN RICARDO s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)
Solicitud de inhabilitación electoral por condena penal: se inhabilitó y excluyó del padrón a Brian Ricardo Sosa. El Juzgado Federal determinó la inhabilitación para el ejercicio de los derechos electorales hasta el 17/02/2031 y su incorporación al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos, en atención al cómputo de pena de cinco años informado por el Juzgado de Ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Secretaría Electoral / Registro del Juzgado Federal (actuación originada por oficio del Juzgado de Ejecución de la Segunda Circunscripción de La Pampa).
Demandado: SOSA, BRIAN RICARDO, matrícula N° 38.295.109.
Objeto: Inscripción de la inhabilitación electoral y exclusión del Subregistro Electoral del Distrito, en virtud de la condena penal y el cómputo de pena comunicados por el Juzgado de Ejecución.
Decisión: Se hace lugar al pedido: 1°) INHABILITAR a SOSA BRIAN RICARDO, matrícula N° 38.295.109 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 17/02/2031; 2°) EXCLUIRLO del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarlo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito. Regístrese, notifíquese, publíquese, cúmplase y oportunamente archívese.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 1 remitido por el Juzgado de Ejecución la Segunda Circunscripción de la Provincia de La Pampa, por la cual se condenó al ciudadano SOSA BRIAN RICARDO, matrícula N° 38.295.109 a la pena de 5 años de prisión."
"Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 17 de febrero de 2031."
"En mérito de lo expuesto, RESUELVO: 1°) INHABILITAR a SOSA BRIAN RICARDO, matrícula N° 38.295.109 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 17/02/2031. 2°) EXCLUIRLO del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarlo Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
Datos adicionales relevantes: condena de 5 años de prisión; plazo de inhabilitación fijado hasta el 17/02/2031; fecha de firma de la resolución 14/09/2026; matrícula N° 38.295.109.
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