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Incidente Nº 13 - AGRUPACION POLITICA: PRO-PROPUESTA REPUBLICANA NRO. 64 - DISTRITO CORDOBA s/CONTROL PATRIMONIAL

La agrupación Pro Propuesta Republicana solicitó la aprobación de su informe final de campaña por las elecciones del 26/10/2025 en la categoría Diputados Nacionales. El Juzgado Federal de Córdoba 1 aprobó el informe al considerar que la rendición cumplió las exigencias del artículo 58 de la Ley 26.215, con dictamen favorable de la Auditora Contadora y del Ministerio Público Fiscal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agrupación política Pro Propuesta Republicana (apoderado de la agrupación). Demandado: Procedimiento de control ante el Juzgado Federal de Córdoba 1 (control judicial de la rendición de cuentas electorales). Objeto: Aprobación del informe final de campaña previsto por el artículo 58 de la Ley N° 26.215, correspondiente a la categoría Diputados Nacionales en las elecciones generales del 26 de octubre de 2025, con la documentación respaldatoria. Decisión: Se aprobó el informe final de campaña presentado por el partido Pro Propuesta Republicana y se ordenó poner el decisorio en conocimiento de la Cámara Nacional Electoral, la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN; asimismo, se protocolizó y se hizo saber la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "I) El artículo 38 de la Constitución Nacional impone expresamente a los partidos políticos la obligación de rendir cuentas a la Nación, exigencia que deriva del principio republicano de dar publicidad de los actos de gobierno; y en concordancia con ello, la Ley N° 26.215 consagra obligaciones con el objeto primordial de hacer efectivo el control de financiamiento partidario." "II) Por su parte, el artículo 58 de la Ley N° 26.215 establece que transcurridos 90 (noventa) días después de finalizada la elección, el tesorero y los responsables económico-financieros de la campaña deberán presentar, en forma conjunta, ante la justicia federal con competencia electoral del distrito correspondiente, un informe final detallado de los aportes públicos y privados recibidos, así como el total de los gastos incurridos en razón de la campaña electoral, poniendo a disposición la pertinente documentación respaldatoria." "III) La Auditora Contadora emitió dictamen favorable para la aprobación del informe final de campaña adjuntado por el partido Pro Propuesta Republicana, correspondiente a las elecciones generales del 26 de octubre de 2025, en la categoría de Diputados Nacionales, en virtud de que el mismo ha cumplimentado con las exigencias previstas en el artículo 58 de la Ley 26.215." "IV) La señora Fiscal Federal Subrogante concluyó en su dictamen obrante a fs. 3117 no tener objeciones que formular a la aprobación de la rendición de cuentas incorporada por la agrupación." "V) El suscripto estima conveniente proceder a la aprobación del informe de campaña relativo a las elecciones generales del 26 de octubre del año 2025 en la categoría de Diputados Nacionales, con motivo de que la agrupación política acató los recaudos legales establecidos por el artículo 58 de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias en el decisorio.

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