BUSTOS FUNES LEONARDO RAMIRO Y OTRO/A C/ MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
Los actores promovieron una pretensión indemnizatoria y la Municipalidad intentó citar como tercero a Marco Pasqui en el proceso. La Cámara confirmó la resolución de grado que declaró por desistida la citación del tercero por incumplimiento de la comuna, rechazando la apelación por preclusión y por insuficiente fundamentación recursiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BUSTOS FUNES LEONARDO RAMIRO y otro/a, en un expediente de pretensión indemnizatoria.
Demandado: MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA y otros.
Objeto: pretensión indemnizatoria; aquí discutida la citación como tercero de Marco Pasqui ordenada en resolución del 21-11-2024.
Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad y se confirmó la providencia de primera instancia del 04-08-2025 que dio por desistida la citación como tercero respecto de Marco Pasqui. Se impusieron las costas de alzada a la apelante vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales):
"Tal decisión, adoptada -como consecuencia del incumplimiento de una disposición anterior
- en uso de las facultades conferidas por los arts. 34 inciso 5° del ordenamiento procesal Civil y Comercial y en homenaje a los basilares principios de eficacia, economía procesal y celeridad, no mereció adecuada discusión por parte del recurrente, pues lejos de demostrar un ejercicio inconveniente de esa prerrogativa del magistrado, todas sus críticas se dirigieron fundamentalmente contra el decisorio del 06-05-2025, parcela del debate que -por imperio del instituto de la preclusión
- se hallaba irreversiblemente clausurada ante su falta de oportuna impugnación."
"Es que, en definitiva, lo pretendido importa desconocer los efectos propios del principio de preclusión, que -como regla procesal
- impide la presentación de nuevos planteos sobre cuestiones ya decididas en forma expresa o implícita ... Razón por la cual, como se ha dicho en otras ocasiones, resulta vano todo intento de reeditar una cuestión que ha quedado agotada al amparo del principio procesal de preclusión (doctrina C.S.J.N. Fallos 329:2916; 323:1250; 322:3084)."
"El recurso -tal como se patentizó precedentemente
- luce apartado de tales exigencias inexcusables ... y no logra alcanzar el umbral básico de pericia recursiva necesario para tener por fundado el remedio articulado (esta Alzada causa G-616-BB1 'Giner', sent. del 14-10-2009)."
Bloque dispositivo final (sentencia):
"1. Rechazar el recurso de apelación interpuesto por la accionada el 11-08-2025 y, en consecuencia, confirmar el pronunciamiento de grado del 04-08-2025. Las costas de esta alzada se imponen a la apelante vencida (art. 51 inc. 1° del C.P.C.A.)."
- Votos: la resolución fue por unanimidad de los Dres. Mora y Ucín, por idénticos fundamentos; no hubo disidencia.
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