SOC ARG AUTORES COMPOSITORES- SADAIC C/ JACQUIER ANA CARLA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
SADAIC reclamó aranceles por utilización pública de música en salón de fiestas El Paraíso. La Cámara Primera de Apelación modificó la sentencia de primera instancia y condenó únicamente por trece aranceles desde el 1/11/2014, fijando el capital en $10.465 y confirmando lo demás.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SOC ARG AUTORES COMPOSITORES
- SADAIC.
Demandado: Ana Carla Jacquier.
Objeto: Cobro sumario de aranceles por utilización pública de repertorio musical en el salón de fiestas "El Paraíso" por el período inicialmente reclamado desde octubre de 2010 a diciembre de 2016 (total reclamada $49.910).
Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia limitando la condena a los aranceles devengados desde el 1 de noviembre de 2014, fijando el capital de condena en Pesos Diez Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco ($10.465), y confirmó lo demás de la decisión apelada. Impuso las costas de alzada por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Se trata de un elemento objetivo incorporado regularmente al proceso, el cual, valorado juntamente con las restantes constancias de la causa, me llevan a concluir en la imposibilidad de extender sin más la presunción derivada de la rebeldía a todo el período indicado en el escrito inicial. No desconozco que la carta documento remitida por la actora a Ana Carla Jacquier el 2 de mayo de 2016 alude al ejercicio del derecho de oposición previsto por la ley 11.867 respecto de la transferencia del fondo de comercio aludido. Tal circunstancia permitiría situar temporalmente aquella operación de transferencia en una fecha posterior al alta fiscal antes mencionada. Sin embargo, la existencia de esa comunicación no resulta suficiente para privar de eficacia probatoria al informe emanado del ente municipal ni, menos aún, para concluir que Ana Carla Jacquier recién se vinculó con la explotación del establecimiento a partir de la transferencia a la que aquella carta documento refiere."
"En definitiva, las constancias reunidas permiten vincular suficientemente a Ana Carla Jacquier con el establecimiento 'El Paraíso' desde el 1 de noviembre de 2014, pero no proporcionan sustento bastante para hacerlo respecto del período anterior. Ello conduce a admitir parcialmente el agravio y modificar la sentencia, limitando la procedencia de la acción a los aranceles devengados desde dicha fecha."
"Según se consignó en el punto III de la demanda, la suma de $49.910 fue reclamada en concepto de sesenta y dos aranceles mensuales adeudados... Al haberse concluido en la improcedencia de los aranceles mensuales correspondientes al período comprendido entre octubre de 2010 y octubre de 2014 inclusive, resulta necesario detraer cuarenta y nueve aranceles del total... En consecuencia, la pretensión habrá de prosperar por los trece restantes, los que, de acuerdo al valor mensual de $805 consignado por la propia accionante al cuantificar su reclamo, ascienden a la suma de $10.465; debiendo modificarse en este sentido la sentencia apelada."
Bloque dispositivo final (texto del dispositivo):
"1) se modifica la sentencia apelada del 26 de octubre de 2018 y, en su mérito, se deja establecido: 1.a) que la acción promovida por la actora prospera únicamente respecto de los trece aranceles devengados desde el 1 de noviembre de 2014; 1.b) que el capital de condena queda fijado en la suma de Pesos Diez Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco ($10.465); 2) se confirma el pronunciamiento en todo lo demás que ha sido materia de recurso y agravio; y 3) se imponen las costas de Alzada por su orden."
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