Logo

EBERHARDT MARCELA ALEJANDRA C/ EBERHARDT MARIA ELENA Y OTROS S/ PETICION DE HERENCIA

Petición de herencia: se aclaró el monto a restituir por una pick up y el mecanismo de actualización aplicable. La Cámara receptó parcialmente el recurso de aclaratoria y fijó el precio en $12.857,14, disponiendo aplicación del CER hasta nov-2016, luego IPC hasta el último publicado y desde entonces nuevamente CER.

Recurso de aclaratoria Ipc Peticion de herencia Restitucion de bienes Cer Actualizacion de precios Art. 166 cpcc Art. 267 cpcc Parte alicuota Pick up

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eberhardt Marcela Alejandra. Demandado: Eberhardt María Elena y otros. Objeto: petición de herencia; entre otros puntos, restituciones de bienes (incluida una pick up) y determinación de montos y forma de actualización. Decisión: La Cámara receptó parcialmente el recurso de aclaratoria interpuesto por el apoderado del grupo recurrente y dejó sentado que el precio a restituir por la pick up correspondiente a la actora se limita a $12.857,14; además precisó el modo de actualización de los precios determinados en pesos contenidos en las escrituras: aplicación del CER desde las fechas de las ventas hasta noviembre 2016; desde diciembre 2016 hasta el último IPC publicado aplicar IPC; desde entonces y hasta el efectivo pago aplicar nuevamente el CER. Se ordenó registro, notificación y remisión al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1. Abordando la corrección requerida, el primero de tales puntos, adelanto que le asiste razón a los recurrentes, puesto que el precio a restituir de la pick up debe limitarse a la parte alícuota que le corresponde sobre tal bien a la actora, es decir, un séptimo, por lo que en tal concepto esta última resulta acreedora de un monto de $12.857,14 (arts. 166 inc. 2° y 267 CPCC)." "3. En cuanto a la precisión requerida respecto de la implementación del mecanismo de actualización, también resulta admisible. Es que, como advierte el propio INDEC en su sitio de internet (solapa 'estadísticas históricas') y es de público conocimiento, en las series históricas anteriores al año 2016 deben ser consideradas con reservas. Por tal razón, la actualización de los precios determinados directamente en pesos en base a las escrituras agregadas en autos, deberá realizarse del siguiente modo: mediante aplicación del CER desde las fechas de las respectivas ventas hasta noviembre 2016. A partir del mes de diciembre de 2016 y hasta el último IPC publicado, deberá aplicarse este índice (IPC), y desde entonces y hasta el efectivo pago, nuevamente el CER (arts. 166 inc. 2° y 267 CPCC)." Bloque dispositivo final: "Receptar parcialmente el recurso de aclaratoria interpuesto por el Dr. Alejandro Melas, en su rol de apoderado de Silvia Graciela Castedo, María Silvia Eberhardt y Elbio Hernán Eberhardt,, y consiguientemente, dejar sentado que: a] el precio a restituir de la pick up queda delimitado en la suma de $ 12.857,14; y b] que la actualización de los precios determinados directamente en pesos en base a las escrituras agregadas en autos, deberá realizarse del siguiente modo: mediante la aplicación del CER desde las fechas de las respectivas ventas hasta noviembre 2016. A partir del mes de diciembre 2016 y hasta el último IPC publicado, deberá aplicarse este índice (IPC), y desde entonces y hasta el efectivo pago, nuevamente el CER (arts. 166 inc. 2° y 267 CPCC) ." No hubo votos en disidencia; ambos jueces votaron en igual sentido.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar