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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GIORDANO WALTER FABIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial inició ejecución en apremio para reclamar deuda tributaria y solicitar trance y remate de bienes. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta que el demandado efectúe el pago íntegro de $3.735.610,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, e impuso las costas a la vencida.

Ejecucion fiscal Embargo Apremio provincial Trance y remate Costas a la vencida Domicilio ad litem Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal 50 Regulacion de honorarios diferida Monto $3.735.610

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Walter Fabián Giordano. Objeto: Ejecución fiscal mediante apremio, con trance y remate de bienes para cobrar el capital reclamado de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 50/100 ($ 3.735.610,50) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar la causa de trance y remate hasta que el ejecutado abone íntegramente el monto reclamado más intereses; se impusieron las costas a la vencida; se dejó constituido el domicilio ad litem por hallarse la parte demandada notificada del apercibimiento; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)." "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." FALLO: "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, WALTER FABIAN GIORDANO; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 50/100 , ($ 3.735.610,50). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad." Además, el Tribunal ordenó: "Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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