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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CREVECOEUR MARIO CESAR S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial reclamando $1.154.437,10 más intereses. El Tribunal ordenó el trance y remate y mandó continuar la ejecución hasta el íntegro pago, imponiendo las costas al vencido y difiriendo la regulación de honorarios.

Ejecucion fiscal Domicilio constituido Apremio provincial Costas al vencido Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Regulacion de honorarios diferida Intereses (art. 104 codigo fiscal) Deudor: crevecoeur mario cesar Mandamiento de intimacion (acordada 2514/92)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: CREVECOEUR MARIO CESAR. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 10/100 ($1.154.437,10), más los intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: se ordenó el trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada pague íntegramente la suma reclamada más intereses; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios; y se dispusieron las notificaciones correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.).-" "Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.).-" "RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, CREVECOEUR MARIO CESAR haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 10/100 ($1.154.437,10), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).- II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente).-"

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