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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PERALTA DANIEL ARTURO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal apremiante por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra Daniel Arturo Peralta por $218.569,50 más intereses y costas, por pérdida del derecho a oponer excepciones por vencimiento de plazo.

Costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Constitucion de domicilio Perdida del derecho a excepciones 68 540 556 Fisco de la provincia de buenos aires 96 Cpcc (arts. 116 Intereses (resolucion 10/24) Codigo fiscal (arts. 86 104) 165 133) Monto reclamado $218.569 50 nota: el analisis se basa en el dispositivo y los fundamentos expresados en la sentencia de fecha 10/09/2026 No se identifican votos discrepantes ni se advierte apelacion en el texto aportado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: DANIEL ARTURO PERALTA. Objeto: Ejecución provincial apremiante por el pago de la suma reclamada en concepto de capital adeudado ($218.569,50) más intereses conforme Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y demás accesorios. Decisión: Se ordenó la ejecución contra el demandado hasta obtener el pago íntegro de PESOS DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 50/100 ($218.569,50) más intereses desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; costas a la demandada; pérdida del derecho a oponer excepciones por no haberlas opuesto en término; constitución de domicilio en los estrados; notificación y registro conforme normas invocadas.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE MARTIN GRASS
- NRO. 436
- LOC. FLORENCIO VARELA, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC," "FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra DANIEL ARTURO PERALTA, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 50/100 ($218.569,50), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016)." "Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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