MARZOCCHINI ROBERTO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Petición de Declaratoria de Herederos por fallecimiento de Roberto Marzocchini e Hilda Natalina Costa respecto de sus bienes. El Tribunal declara heredero universal a los hijos Marta Beatriz y Jorge Roberto y reconoce derecho sucesorio a la cónyuge en cuanto a bienes propios y gananciales, ordenando publicar edictos y remitiendo requisitos para inscripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Los interesados en la sucesión (constan como peticionantes/interesados los hijos MARTA BEATRIZ MARZOCCHINI y COSTA y JORGE ROBERTO MARZOCCHINI y COSTA).
Demandado:
No corresponde la existencia de un demandado; se tramita una Declaratoria de Herederos ab-intestato.
Objeto:
Se solicita la Declaratoria de Herederos por fallecimiento de ROBERTO MARZOCCHINI y de HILDA NATALINA COSTA.
Decisión:
Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ROBERTO MARZOCCHINI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos MARTA BEATRIZ MARZOCCHINI y COSTA y JORGE ROBERTO MARZOCCHINI y COSTA y su cónyuge HILDA NATALINA COSTA (a quien se la declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales); y que por fallecimiento de HILDA NATALINA COSTA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos MARTA BEATRIZ MARZOCCHINI y COSTA y JORGE ROBERTO MARZOCCHINI y COSTA. Césase la intervención de la Sra. Agente Fiscal y se ordena la registración electrónica y notificaciones automatizadas. Asimismo se informan los requisitos para un eventual pedido de inscripción registral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"1º) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -5° archivo ".pdf"
- se acredita la defunción de ROBERTO MARZOCCHINI ocurrida el día 28/06/2015 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
2º) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -1° archivo ".pdf"
- se acredita la defunción de HILDA NATALINA COSTA ocurrida el día 27/12/2021 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
3°) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -3° archivo ".pdf"
- se acredita el matrimonio de los aquí causantes ocurrido el día 12/04/1951 -art. 423 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
4º) Que de esa unión nacieron sus hijos MARTA BEATRIZ MARZOCCHINI y COSTA el día 23/10/1954 y JORGE ROBERTO MARZOCCHINI y COSTA el día 17/06/1958 (ver certificados acompañados a fs. 1 -página 2 y 1 del 2° archivo ".pdf" respectivamente) -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
5º) Que con los diarios y recibos acompañados en formato ".pdf" a la presentación electrónica de fs. 23 (ver también presentación electrónica de fs. 14) consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario a fs. 24."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 Código Civil y Comercial según Ley 26.994 y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ROBERTO MARZOCCHINI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos MARTA BEATRIZ MARZOCCHINI y COSTA y JORGE ROBERTO MARZOCCHINI y COSTA y su cónyuge HILDA NATALINA COSTA a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales; y que por fallecimiento de HILDA NATALINA COSTA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos MARTA BEATRIZ MARZOCCHINI y COSTA y JORGE ROBERTO MARZOCCHINI y COSTA."
- Votos en disidencia:
No constan votos ni disidencias en el texto; la decisión es un pronunciamiento del Juez de Primera Instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: