PETTO MICAELA CRISTINA C/ VELAYOS ALEJANDRO OSCAR y otros S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La actora reclamó daños y perjuicios por lesiones y secuelas sufridas en un vuelco ocurrido el 25/9/2009 durante un traslado; solicitó incapacidad, daño moral y psicológico. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra Gerardo Kunzel y Alejandro Velayos, rechazó la legitimación pasiva de La Caja de Seguros S.A. y condenó a los demandados al pago de $16.000.000 más intereses, con expresa valoración pericial sobre exceso de velocidad y secuelas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Micaela Cristina Petto.
Demandado: Gerardo Kunzel; Alejandro Oscar Velayos; La Caja de Seguros S.A. (citada en garantía).
Objeto: reparación por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (vuelco del Renault Megane el 25/9/2009), solicitando incapacidad sobreviniente, daño moral y psicológico, y demás rubros indemnizatorios.
Decisión: Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por La Caja de Seguros S.A. y se hizo lugar a la demanda contra Gerardo Kunzel y Alejandro Velayos; condena por $16.000.000 (a valores actuales) más interés del 6% anual desde la fecha del hecho y luego tasa pasiva a plazo fijo, con costas a cargo de las demandadas y regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de párrafos relevantes):
1) Sobre la exclusión de cobertura y legitimación pasiva:
"De este modo, la existencia, vigencia y contenido de la cláusula invocada quedaron suficientemente acreditados, por lo que la falta de acompañamiento de la póliza con la contestación de demanda no impide considerar probada la exclusión (arts. 375, 384 y 474, CPCC). ... El siniestro ocurrió durante el regreso habitual desde el lugar de trabajo, efectuado por quien revestía simultáneamente las condiciones de empleador y conductor, por lo que quedó comprendido en la expresión contractual 'en oportunidad o con motivo del trabajo'. ... En consecuencia, corresponde admitir la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la citada en garantía La Caja de Seguros S.A. en los términos que ha sido planteada (arts. 163 incs. 5 y 6, 345 inc.3,384,474 CPCC 11, 109 y 118 y conc. ley 17.418)."
2) Sobre la dinámica del accidente y la responsabilidad del conductor:
"Por otra parte, ... el perito expone que 'de acuerdo a los elementos técnicos obrantes en la causa, el día 25 de septiembre, aproximadamente a las 17:40 hs., el vehículo marca Renault, modelo Megane, dominio FYR-619, conducido por el Sr. Gerardo Kunzel, ... se sale del carril de circulación ... realizando una trayectoria de 47,7 m sobre el 'borde de calzada', ... Al ser consultado acerca de la velocidad desarrollada antes de ingresar a la curva, determinó que la velocidad mínima del Renault Megane era de 122,21 km/h -el resaltado me pertenece-, tal conclusión constituye un elemento objetivo de especial relevancia, pues evidencia que el conductor ingresó a la curva a una velocidad que le impidió conservar el pleno dominio del rodado (art 474, 492,495 y conc CPCC). ... En consecuencia, queda acreditado que Kunzel perdió el dominio efectivo del vehículo al ingresar a la curva a una velocidad excesiva, sin que haya acreditado la configuración de alguna causa ajena con aptitud suficiente para excluir o disminuir su responsabilidad."
3) Sobre la cuantificación de la reparación:
"Conforme lo dispone el art. 39 apartado 4 de la Ley 24.557 ... tales prestaciones serán computadas al establecer la reparación civil ... Es que ... estimo razonable, con la incapacidad apuntada y estado actual ... la suma a hoy de pesos cinco millones ($5.000.000) imputable, en su integridad, a los rubros descriptos ... estimo razonable fijar para [el daño psicológico] el rubro actual de pesos cuatro millones ($4.000.000) ... y de allí que juzgo prudente y equitativo indemnizar a valores vigentes el daño moral en la cantidad de pesos siete millones ($7.000.000)."
- Nota sobre mayoría/división: Sentencia de primera instancia dictada por un solo juez; el dispositivo final del fallo recoge la decisión definitiva del Tribunal.
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