PASIMO DANIELA ALEJANDRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La actora solicitó beneficio de litigar sin gastos y traslado de autos para su radicación. El Tribunal hizo lugar al trámite y remitió las presentes actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10, ordenando la baja en los libros de Secretaría y la notificación digital al letrado designado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Pasimo Daniela Alejandra, promoviente del trámite de beneficio de litigar sin gastos.
Demandado: No especificado en el acto administrativo remitido.
Objeto: Trámite de beneficio de litigar sin gastos y radicación de las actuaciones.
Decisión: Se remitieron las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 para su radicación, se confirió vista digital al domicilio electrónico señalado y se ordenó la baja de las actuaciones en los libros de Secretaría y en la red informática.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del pronunciamiento):
"Atento lo que surge del certificado que antecede, de lo manifestado en el punto I del escrito de inicio y de conformidad con lo normado por el art. 6. inc. 5) del CPCC remítanse los presentes al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 de este Departamento Judicial para su radicación por intermedio de la Receptoría General de Expedientes, confiriéndosele vista en forma digital al domicilio electrónico alejandro.raggio@pjba.gov.ar."
"En consecuencia, dése de baja las actuaciones de los libros de Secretaría y red informática. REGISTRESE.-pm"
Asimismo consta en el acta: "En igual fecha se dió de baja de los libros de entrada de Secretaría.
- En igual fecha se remiten los autos a la Receptoría General de Expedientes. Conste.-"
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