GUTIERREZ, CRISTINA DEL VALLE c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO
Acción declarativa contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero solicitó declarar la inconstitucionalidad de normas del impuesto a las ganancias aplicadas sobre prestaciones previsionales. El Juzgado hizo lugar al allanamiento de la demandada, declaró la inconstitucionalidad reclamada, ordenó la abstención de futuros descuentos y la restitución de las retenciones de hasta cinco años con intereses a la tasa pasiva promedio publicada por el BCRA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GUTIERREZ, Cristina del Valle (actora con representación letrada).
Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) — antes Administración Federal de Ingresos Públicos/AFIP.
Objeto: Se solicita que se declare la inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de diversos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre la prestación previsional; que la demandada se abstenga de efectuar descuentos por impuesto a las ganancias en el haber jubilatorio; y la devolución de las sumas retenidas por el período de prescripción con intereses y costas.
Decisión: Se admitió el allanamiento solicitado por ARCA y, en consecuencia, se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada que se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta que el Congreso legisle sobre el punto; se ordenó restituir las sumas retenidas por aplicación del impuesto a las ganancias correspondientes a los cinco (5) años previos a la demanda o reclamo administrativo, con aplicación del interés de la tasa pasiva promedio que publica el BCRA desde que cada suma fue retenida; se impusieron las costas en el orden causado; y se regularon honorarios de la parte actora en 10 UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"Que, notificada la demanda, comparece la accionada a través de su representación letrada, y manifiesta allanarse en forma real, incondicionada, oportuna, total y efectiva a la demanda interpuesta en su contra."
"Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente “García” de la CSJN."
"Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado."
"A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida..."
Sobre costas: "De conformidad a dichas disposiciones y el reconocimiento efectuado por la accionada en la primera oportunidad procesal, corresponde imponer las costas del presente en el orden causado (conf. Art. 68, 2 Parte del CPCCN)."
Sobre honorarios: "Se estima razonable fijar los honorarios de la asistencia jurídica de la parte actora en la cantidad de 10 UMA por todo concepto... Establecer que el pago será definitivo y cancelatorio únicamente si se abona la cantidad de moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de UMA contenidas en la resolución regulatoria..."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en este pronunciamiento; es una sentencia de primer grado firmada por el juez ALEJANDRO SANCHEZ FREYTES que admite el allanamiento y decide conforme lo transcripto.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: