FIDEICOMISO GRUPO GESTOR C/ GONZALEZ NICOLAS S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo por pagaré reclamando $56.520 más intereses e IVA sobre los intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó al ejecutado al pago de $56.520 con intereses desde la mora (presentación 16/01/2023), sujetos al límite de la tasa activa del Banco Provincia, y con costas a la ejecutada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FIDEICOMISO GRUPO GESTOR.
Demandado: NICOLAS GONZALEZ.
Objeto: Cobro ejecutivo por la suma de $56.520 derivada de un pagaré (fecha de presentación al cobro 16/01/2023), con intereses compensatorios, punitorios y moratorios e IVA sobre los intereses.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado pague íntegramente $56.520 más intereses desde la mora y hasta el pago efectivo, calculados conforme lo pactado pero sin superar la tasa de interés activa fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires; se impusieron las costas a la ejecutada; se postergó la regulación de honorarios; y se constituyó domicilio procesal en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Conforme lo solicitado, habiéndose dado cumplimento con la requisitoria de fecha 14/07/26, atento el resultado del mandamiento que se le diligenciara al accionado en su domicilio de la calle ONOFRE Nº 2910 (ENTRE LAS ARTERIAS VASCONCELLOS Y VESPUCIO) DE LA LOCALIDAD DE BANFIELD, PARTIDO DE LOMAS DE ZAMORA (ver 13/05/2026 bajo responsabilidad de la parte actora ) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (Arts. 155 y 166 del C.P.C.).-"
"FALLO: Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado NICOLAS GONZALEZ haga al acreedor FIDEICOMISO GRUPO GESTOR íntegro pago de la suma de $56.520, con más los intereses que se devenguen desde la mora del deudor (art. 37 del Dcto. Ley 5963/63
- fecha de presentación al cobro del pagaré 16/01/2023 -) y hasta el efectivo pago, los que se calcularán -en todo concepto, compensatorios, punitorios y moratorios
- conforme lo acordado por las partes siempre y cuando no supere la tasa de interés activa para restantes operaciones fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Arts. 766, 767, 768, 769 y 771 del C.C. y C.). con más el IVA sobre los intereses antes mencionados.-"
"Con costas a la ejecutada. (Arts. 68 y 556 del C.P.C.). Postérgase la regulación de honorarios para la oportunidad en que se fije el monto por el cual prospere la ejecución (Arts.23 y 54 de la Ley 8.904). Tiénese por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del juzgado (Art.41 del CPCC)."
- Otros pronunciamientos relevantes:
Se tuvo presente y se libró oficio por nuevo empleo denunciado del demandado: "Téngase presente el empleo denunciado del demandado y atento lo peticionado, a los mismos fines y efectos que el ordenado en fecha 23/12/2025, líbrese el nuevo oficio pedido."
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