ALVARADO, SERGIO LUIS c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO LEY 16.986
Amparo individual contra Swiss Medical S.A. por el restablecimiento de la afiliación al Plan SM04 tras el otorgamiento de la jubilación. El Juzgado Federal rechazó la medida cautelar por no acreditarse, en esta etapa liminar, el peligro en la demora aunque admitió prima facie la verosimilitud del derecho; la decisión se dejó sin perjuicio del pronunciamiento sobre el fondo.
¿Quién es el actor?
Sr. S.L.A. (Sergio Luis Alvarado).
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL S.A.
- Objeto de la demanda: acción de amparo (art. 43 CN y Ley 16.986) para obtener el restablecimiento y continuidad de la afiliación N.º 800006 0855394 01 1049, correspondiente al Plan SM04, en las condiciones previas a la obtención del beneficio jubilatorio, y la derivación de los aportes descontados del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la medida cautelar solicitada por el Sr. S.L.A., por no encontrarse suficientemente acreditados, en este estado liminar del proceso, la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora. Se dejó constancia de que la resolución es provisional y que la cuestión de fondo se resolverá oportunamente con los elementos que se incorporen.
- Fundamentos principales (texto original, párrafos más relevantes):
"En consecuencia, su eventual admisión importaría un anticipo de jurisdicción favorable susceptible de satisfacer, al menos parcialmente, el objeto litigioso, circunstancia que impone una apreciación particularmente estricta de los recaudos de procedencia, sin perjuicio de que en materia cautelar no se exige certeza acerca del derecho invocado, sino un grado suficiente de probabilidad."
"En este contexto, y sin que ello suponga anticipar criterio respecto de la naturaleza jurídica definitiva de la relación que vinculaba a las partes ni del alcance que deba atribuirse a la continuidad solicitada, las constancias reunidas permiten considerar acreditada, con el carácter provisional propio de esta etapa, la verosimilitud del derecho invocado."
"Por el contrario, de la respuesta cursada por Swiss Medical S.A. surge que la demandada reconoce expresamente la vigencia del vínculo contractual y manifiesta que continuará brindando al actor cobertura médico-asistencial, aunque bajo la modalidad de afiliación directa y contra el pago del precio correspondiente. En consecuencia, la controversia actualmente planteada no aparece vinculada a la existencia misma de la cobertura de salud, sino, primordialmente, a la modalidad jurídica y económica bajo la cual ésta debe continuar luego de la obtención del beneficio jubilatorio."
"Si bien el actor sostiene que el costo de la afiliación directa resulta excesivo en relación con su haber previsional, no se encuentra acreditada, siquiera sumariamente, una intimación de pago bajo apercibimiento de baja, una suspensión o interrupción de prestaciones, ni acto alguno de la demandada del que pueda inferirse que la continuidad de la cobertura médico-asistencial se encuentre actualmente comprometida."
"En consecuencia, encontrándose acreditada con el grado de probabilidad propio de esta etapa la verosimilitud del derecho invocado, pero no así el peligro en la demora, corresponde rechazar la medida cautelar solicitada."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es dictada por la Jueza Federal Eva L. Parcio de Seleme.
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