MATURANO DOMINGO OSCAR Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - M. DE SEGURIDAD - CAJA DE POLICIA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamaron la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y la devolución de los descuentos que elevaron el aporte previsional del 8% al 11%. El juez federal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en 90 días, remitiéndose al precedente de la CSJN “Pino Seberino y otros”.
¿Quién es el actor?
Maturano Domingo Oscar y otro.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Caja de Policía (CRJPPFA) y Gendarmería Nacional (GNA) en tanto partes demandadas.
- Objeto de la demanda: Se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 22.788 y del Decreto 679/1997 (especialmente el aumento del aporte previsional del 8% al 11%) y la devolución de las sumas retenidas por dicho aumento, con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda respecto del descuento impuesto por el Decreto 679/97; se declaró la inconstitucionalidad del referido Decreto que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, se ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación de la sentencia. Asimismo, se ordenó practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos para colocar al cobro del Sr. Maturano los montos resultantes. Costas a la vencida. Regulados honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora conforme al 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante, con reglas sobre IVA y mínimos (ley 27423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En relación a la Ley 22.788/83 sostiene que hasta su dictado el personal retirado y pensionista de Gendarmería Nacional no se les efectuaba ningún descuento por tal concepto y consagró una desigualdad ante la ley a obligarlos a realizar aportes, cuando la clase pasiva de nuestro país al obtener su beneficio deja de aportar. Por su parte, el decreto de necesidad y urgencia 679/97 agravó la situación de los retirados y pensionistas al aumentar un tres por ciento (3%) los aportes a realizar, alcanzando un once por ciento (11%) que es lo que aportan actualmente, arrogándose facultades del Poder Legislativo y que le son expresamente vedadas, modificando por decreto una norma de rango superior como son las leyes."
"Respecto de ello, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo 'Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg' donde el tribunal sostuvo en el pto. 7 del Considerando que '…con relación a los agravios que se dirigen a cuestionar la validez del aporte personal fijado por la ley 22.788 ... resulta de aplicación la doctrina de este Tribunal según la cual la modificación de una norma por o constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad ...'"
"En el pto. 12) del mismo añadió que: '…los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos: 322:17269). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97'."
(No existen votos en disidencia relevantes en autos que modifiquen lo resuelto por la parte resolutiva final.)
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