BRUNO RAUL PIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor solicitó el reajuste de sus haberes previsionales y cuestionó la constitucionalidad de topes y normas reglamentarias. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a cumplir la liquidación en 120 días desde la sentencia firme, confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24 y declaró la inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Res. S.S.S. 6/09 en lo reglamentario.
¿Quién es el actor?
BRUNO RAUL PIO.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales según ley 24.241, impugnación de la constitucionalidad de topes y normas reglamentarias, y condena al pago de las diferencias resultantes (acreencias retroactivas). Reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en particular sobre los topes reclamados; se ordenó a ANSeS que, en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda a la liquidación conforme a lo dispuesto en el decisorio; los haberes modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas ANSeS deberá contemplar los intereses fijados y la prescripción aplicada; se confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24; se remitió sobre las demás inconstitucionalidades a lo expuesto en los considerandos; costas a ANSeS (art. 36 ley 27423); regulación de honorarios conforme art. 1255 CCyCN en 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante, con IVA si corresponde, y reglas mínimas según UMA.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La parte actora promueve demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social. Solicita se practique el reajuste de los haberes previsionales asignados por la demandada en el marco de la ley 24.241, ataca la constitucionalidad de las normas atinentes, efectúa la reserva del caso federal, y peticiona la condena pagando las diferencias resultantes."
"Determinado el alcance temporal de esta sentencia, verifico asimismo que a la parte actora se le otorgó el beneficio jubilatorio en los términos de la ley 24.241 con servicios en relación de dependencia y cese ocurrido con posterioridad al 01/03/2019 arrojando la FAD del 29.12.2024."
En cuanto al PBU y metodología de cálculo: "lo pretendido queda subsumido en esos precedentes, tomando en cuenta el índice dispuesto por la CSJN in re 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ Reajustes varios'... Dicha metodología de cálculo debe ajustarse a los lineamientos establecidos por la Excma. Cámara del fuero..."
Sobre la inconstitucionalidad normativa reglamentaria: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y lo declaró inconstitucional en este acto." (en referencia al art. 14.2 de la Res. S.S.S. 06/09).
Sobre movilidad y vigencia del Decreto 274/24: "Por lo que corresponde ratificar su validez constitucional."
Intereses y prescripción: "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina..." y previamente se admitió la prescripción para acreencias anteriores a los dos años previos al reclamo administrativo.
- Disidencias: No registra votos en disidencia en el decisorio final.
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