TRADERXPEED S.A. C/ IANOTTI BRENDA CAMILA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC. ALQUILERES, ETC.)
El actor promovió demanda de cobro sumario por la suma de $51.599,54 derivada de un pagaré. El Tribunal rechazó la demanda por incumplimiento de las exigencias informativas y formales previstas en el art. 36 de la Ley 24.240 y por la falta de prueba suficiente, imponiendo las costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Traderxpeed S.A., por medio de su apoderada Dra. Eugenia Aramburu.
Demandado: Brenda Camila Ianotti.
Objeto: Cobro sumario de suma de dinero ($51.599,54) por pagaré vencido el 07/04/2022, con intereses, gastos y costas.
Decisión: Se rechazó la demanda por cobro sumario; se impusieron las costas a la actora y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Analizando en conjunto las mencionadas 'Normas reglamentarias del crédito', el pagaré y las pruebas rendidas en autos, advierto que no han variado las circunstancias advertidas en la resolución de fecha 31/08/2023 en relación al cumplimiento de las disposiciones de orden público del art. 36 de la Ley 24240, que se relacionan íntimamente con las disposiciones del art. 4 del mismo cuerpo normativo y del art. 1100 del CCyC.
En efecto, los documentos que instrumentarían el préstamo para el consumo tienen puntos en lo cuales se contradicen, dando como consecuencia que la información brindada por el actor a la demandada es incompleta.
Al omitirse informar en forma clara, veraz y completa, la consumidora no pudo tener exactitud del negocio que realizaba, desconociendo las condiciones esenciales del mismo. Como ya fue resuelto, la prueba indica que la demandada al momento de contratar no obtuvo la información en los términos que la ley establece, toda vez que existe diferencia entre el capital prestado y el autorizado, las fechas de vencimiento de las cuotas, los intereses que conlleva el préstamo realizado, entre otras."
"Concluyendo, la parte actora no ha podido acreditar los extremos en que fundó la demanda. Ambos litigantes tenían el deber de colaborar de buena fe en la aportación de las pruebas que se encuentren en su poder y que posean la característica de conducir al juez a arribar al conocimiento de la verdad material de los hechos debatidos en el proceso. ... Y es innegable que la entidad financiera se encontraba en una inmejorable posición para acreditar los elementos tendientes a obtener la verdad objetiva. Por todo ello, frente a la mentada omisión y aplicando el principio in dubio pro consumidor ... las consecuencias de la inexistencia de prueba deben ser cargadas a la parte accionante.
En este contexto fáctico, ... por lo que la demanda debe rechazarse."
FALLO (dispositivo):
"I.
- Rechazando la demanda por Cobro Sumario de Sumas de Dinero promovida por TRADERXPEED S.A. contra BRENDA CAMILA IANOTTI.
II.
- Imponiendo las costas a la actora vencida (art. 68 del CPCC);
III.
- Difiriendo la regulación de los honorarios profesionales para el momento procesal oportuno (art. 51 de la ley 14.967)."
- Votos / mayoría: Única sentencia de primera instancia firmada por la jueza Gabriela Judit De Sabato. El bloque dispositivo final es el que se resolvió.
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