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CIRCULO DE INVERSORES S.A. UNIPERSONAL DE AHORRO PARA FINES DETER C/ ZAMORA JUAN ADOLFO IGNACIO S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución prendaria derivada de un contrato de plan de ahorro: se ordena proceder al trance y remate y se admite el reajuste del capital según el valor móvil de la última cuota. El Tribunal hace lugar a la ejecución, imponiendo a la actora la presentación de certificación contable y fijando criterios para el cálculo de intereses y el tope máximo aplicable.

Intereses moratorios Defensa del consumidor Plan de ahorro Certificacion contable Ejecucion prendaria Trance y remate Reajuste valor movil Tope tasa banco provincia. Mora 10/07/2018 Costa a cargo del ejecutado

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CIRCULO DE INVERSORES S.A. UNIPERSONAL DE AHORRO PARA FINES DETER. Demandado: Juan Adolfo Ignacio ZAMORA (DNI 22.803.041). Objeto: Cobro ejecutivo de capital adeudado correspondiente al crédito identificado como grupo 9774
- orden 61 derivado de un contrato prendario (plan de ahorro) y ejecución con trance y remate. Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se ordena llevar adelante el trance y remate hasta que el ejecutado abone íntegramente el capital adeudado, que será reajustado conforme al valor de lista sugerido por el fabricante o, si correspondiera, al último valor móvil informado durante la vigencia del grupo; se adicionarán intereses desde la mora (10/07/2018) hasta el efectivo pago, aplicándose topes fijados por el Tribunal; costas a cargo de la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I) Que atento lo resuelto el 18/12/2025 respecto a que 'no habiendo procedido el acreedor prendario a la reinscripción del contrato dentro del término legalmente previsto, el plazo se encuentra vencido, habiéndose operado la caducidad de la prenda y, en consecuencia, la pérdida del privilegio del acreedor prendario (art. 23 Dec.-Ley 15.348/46 ratificado por la Ley 12.962). Teniendo en cuenta que, tal como lo expresa en la demanda, no se trata ya de la ejecución especial del título ejecutivo (prenda con registro) sino de un proceso de ejecución que tiene por objeto hacer efectivo el cumplimiento de una obligación exigible contenida en un título ejecutivo extrajudicial (contrato de mutuo) obrante anexo al escrito de demanda, el trámite a aplicar es el previsto en el Libro III, Título II del CPCC', en atención al título que se ejecuta, debemos poner de resalto que el presente juicio tramita según las normas del proceso ejecutivo reglado por los arts. 518 y sgts. del CPCC, la ley de Prenda con registro n° 12.962... cuyos requisitos se encuentran absolutamente cumplidos en autos." "II) Que sin perjuicio de ello, analizadas las constancias de autos se advierte que la relación jurídica subyacente entre las partes resulta -prima facie
- una relación de consumo. ... Ante ello, deviene de aplicación al caso las previsiones de la Ley de Defensa del Consumidor (LDC 24.240 y sus modificatorias)." "En virtud de ello, de conformidad con lo hasta aquí reseñado, corresponde hacer lugar a lo solicitado por la actora y ordenar el reajuste del monto por el que se lleva adelante la presente ejecución conforme el precio de lista de venta al público sugerido por el fabricante para un automotor de la misma marca y modelo referenciado en la Solicitud de Adhesión, cálculo que deberá realizarse sobre las cuotas adeudadas al momento de la liquidación. ... Ese último valor móvil, deberá ser fehacientemente acreditado por la ejecutante. A la suma resultante, deberán adicionarse los intereses fijados en la presente." "IV) ... corresponde que sean adicionados al capital reclamado, los intereses punitorios de acuerdo a la fórmula pactada en el contrato de prenda con registro acompañado con la demanda, desde la fecha de la mora 10/07/2018 y hasta la fecha de su efectivo pago. ... Así, los intereses pactados no podrán exceder la tasa activa para operaciones de descuento a 30 días que aplique el Banco de la Provincia de Buenos Aires ... con más un plus del 50% moratorio que el banco aplica a las operaciones en mora, estableciéndose además que el tope que se fija se realizará mediante la comparación entre la tasa pactada y la máxima establecida durante todo el lapso que va desde la fecha de mora, hasta su efectivo pago." Fallo (fragmento dispositvo): "1) Esta causa de trance y remate mandando llevar la ejecución adelante hasta tanto el deudor Juan Adolfo Ignacio ZAMORA (DNI 22.803.041) haga al acreedor CIRCULO DE INVERSORES S.A. UNIPERSONAL DE AHORRO PARA FINES DETER íntegro pago del capital adeudado del crédito identificado como grupo 9774
- orden 61. Suma que será reajustada al momento de la liquidación. Para lo cual, la actora deberá presentar la correspondiente certificación contable del crédito, conforme la determinación del monto fijada en el considerando III), con más los intereses establecidos en el punto IV), que se calcularán a partir del inicio de la mora (10/07/2018) y hasta el momento del efectivo pago."
- Observaciones sobre votos/majoría: Sentencia de primera instancia sin votos discrepantes consignados. El dispositivo final configura la decisión del Tribunal.

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