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PEREZ MARIA DE LOS ANGELES C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Solicitud de beneficio de litigar sin gastos por parte de la actora en un proceso por daños y perjuicios automotores. El Tribunal concedió la franquicia por entender que, acreditada la situación patrimonial y ante la falta de oposición, la peticionante no cuenta con recursos suficientes para afrontar los gastos del proceso principal.

Costas Prueba testimonial Beneficio de litigar sin gastos Incidente Declaracion jurada Proceso civil Imposibilidad economica Art. 84 cpcc Danos y perjuicios automotores Difiere regulacion de honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Maria de los Angeles Perez. Demandado: La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales y otros (en el incidente de beneficio). Objeto: Otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos para no afrontar costas y otros gastos judiciales en el proceso principal caratulado "PEREZ MARIA DE LOS ANGELES C/ LOMELINO ROBERTO CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)" Expte OL-4895-2022. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos a Maria de los Angeles Perez y se difiere la imposición de costas y la regulación de honorarios hasta que estén firmes los honorarios que se regulen en los autos principales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "V
- Así las cosas, producida la prueba, los testimonios de Osamiz, Baez, Fredes y Galvan ofrecidos por Perez coinciden en que la actora es una trabajadora de la limpieza, de clase media, y que no esta en condiciones de realizar gastos de justicia. Por su parte, la actora declara respecto a su propia situación diciendo que, (12/02/2026
- DECLARACION JURADA
- PRESENTA (242001351000974771)) Por lo tanto, de las pruebas reunidas resulta que Maria de los Angeles Perez y ante la falta de oposición, no cuenta con recursos suficientes para hacer frente a las contingencias del proceso principal, en consecuencia considero ello suficiente para admitir la franquicia solicitada." "VI.
- Por ello, citas efectuadas y lo dispuesto por los artículos 78, 79 inciso 2º, 161, 384 y concordantes del C.P.C.C., RESUELVO: 1) CONCEDASE a Maria de los Angeles Perez el beneficio solicitado, de modo que pueda litigar sin afrontar el pago de costas y otros gastos judiciales y con el alcance determinado en el art. 84 de la norma legal mencionada, para la tramitación de la causa caratulada, "PEREZ MARIA DE LOS ANGELES C/ LOMELINO ROBERTO CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)" OL-4895-2022 en trámite por ante esta misma sede. 2) Difiérase la imposición de costas y la regulación de los honorarios profesionales para la oportunidad en que se encuentren totalmente firme los honorarios que oportunamente se regulen en los autos principales (Expte. 67587-2021, IBARLUCIA Eduardo Esteban y otros c/ VIVARELLI Edberto Federico y otros s/ Beneficio de litigar sin gastos" Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul, Sala I
- "BRUN Pablo Cesar c/ Cementos Avellaneda S.A S/ Beneficio de litigar sin gastos" Expte. 66409-2020 Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul, Sala II.)."

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