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GALLARDO JUAN CARLOS C/ RODRIGUEZ LUCAS GABRIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito por impacto posterior entre Peugeot 307 y Ford Focus. El Tribunal hace lugar parcialmente a la demanda y condena a Lucas Gabriel Rodríguez (y extensivamente a Galeno Seguros S.A. en garantía) a abonar $22.124.818 más intereses, por incapacidad física parcial, gastos médicos, daño moral y daños materiales.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Hecho del damnificado 4% Gastos medicos $300.000 Incapacidad permanente 20 Dano material $824.818 Indemnizacion incapacidad $14.000.000 Galeno seguros s.a. (art. 118 ley 17.418) Intereses (6% y tim).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Juan Carlos Gallardo. Demandado: Lucas Gabriel Rodríguez (con citación en garantía a Galeno Seguros S.A.). Objeto: Daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido el 17/03/2022; se reclamaron incapacidad psicofísica, tratamiento psicológico, gastos médicos y farmacéuticos, reparación y desvalorización del automotor, daño moral, entre otros rubros. Petición inicial por $1.508.000 (o lo que resulte de la prueba) y costas. Decisión: Hacer lugar parcialmente a la demanda. Condenar a Lucas Gabriel Rodríguez a pagar a Juan Carlos Gallardo $22.124.818, con intereses (6% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia y TIM desde la sentencia hasta el pago), dentro de los diez (10) días de quedar firme la liquidación, y hacer extensiva la condena a Galeno Seguros S.A. en los términos del art. 118 Ley 17.418; imponer costas a los vencidos; diferir regulación de honorarios y tasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Hacer lugar parcialmente a la demanda. En consecuencia, RESUELVO: Condenar a Lucas Gabriel Rodríguez a abonar a Juan Carlos Gallardo la suma de veintidós millones ciento veinticuatro mil ochocientos dieciocho -$22.124.818-, con más los intereses establecidos en el considerando quinto, dentro del plazo de diez (10) días de quedar firme la liquidación que al efecto deberá practicarse una vez que el presente pronunciamiento pase en autoridad de cosa juzgada, bajo apercibimiento de ejecución. La condena se hace extensiva a la citada en garantía "Galeno Seguros S.A.", en los términos del artículo 118 de la Ley 17.418 y conforme lo dispuesto en el considerando sexto." "En definitiva, si Rodríguez hubiera conservado el dominio efectivo de su automóvil y mantenido una distancia adecuada respecto del vehículo que lo precedía, habría podido detenerlo cuando Gallardo redujo su marcha al arribar a la intersección. El accidente se produjo porque no logró hacerlo, tal como él mismo lo reconoció en su denuncia de siniestro." "Establecido el marco normativo aplicable... la presunción de adecuación causal establecida por los artículos 1757, 1758 y 1769 del Código Civil y Comercial... La insuficiencia probatoria debe recaer sobre quienes tenían a su cargo demostrar la causa ajena." "En síntesis, la demanda prospera por los importes expresados en valores actuales a la fecha del presente pronunciamiento, que en conjunto ascienden a la suma de veintidós millones ciento veinticuatro mil ochocientos dieciocho -$22.124.818
- en favor de Juan Carlos Gallardo."
- Votos / mayoría: El bloque dispositivo final es el que define la resolución (FALLO transcripto). No consta discrepancia en el dispositivo; se atiende la decisión consignada en el fallo.

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