REDONDO, SANTIAGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales (PBU y movilidad). La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada; además dispuso actualización trimestral por IPC para 2022-2023 según lo fundamentado.
¿Quién es el actor?
Santiago Redondo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de haberes previsionales —incluyendo redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de pautas de movilidad y declaración de inconstitucionalidad de normas que afectaron la movilidad— en el marco de la ley 24.241 y normas posteriores.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia apelada con los alcances expuestos en el voto de la Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN).
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
- "En consecuencia, corresponde en este punto modificar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, con los alcances establecidos en el citado precedente, y disponer la actualización de los haberes mediante incrementos trimestrales calculados conforme a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, a aplicarse en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año."
- "Por su parte, y en relación al decreto 274/24, teniendo en consideración que durante el período de aplicación de la norma no se ha comprobado que la fórmula produzca una afectación tangible a la movilidad de los haberes del demandante, corresponde estarse a su constitucionalidad."
- "En el marco supra descripto, en caso que el reajuste dispuesto en la presente arrojase una prestación inferior a la determinada por el organismo, corresponderá estarse a esta última, según lo decidido por el Alto Tribunal en autos 'Padilla, María Teresa Méndez de' del 29/4/2008 (P.2675.XXXVIII)."
- "Por último, en relación al agravio relativo a la imposición de costas, corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Disidencia o salvedades relevantes: El señor Juez de Cámara Pablo A. Candisano Mera no suscribió la parte resolutiva (no firma). No obra en el dispositivo ningún voto favorable suyo; la resolución se adoptó por mayoría conforme lo suscripto por las Dres. Fariña y Picado.
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