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Legajo Nº 18 - IMPUTADO: PACHECO ALBITEZ , RICARDO MIGUEL s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

Recurso de casación contra el rechazo del planteo de prescripción de la pena de multa impuesta por el TOF N°4. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, rechazó el recurso de casación y confirmó que la prescripción de la multa debe regirse por el término mayor correspondiente a la pena de prisión impuesta conjuntamente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa pública oficial de Ricardo Miguel Pacheco Albitez, en ejercicio del recurso de casación. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (decisión atacada) y, en sede de casación, la Cámara Federal de Casación Penal — intervención del Ministerio Público Fiscal en la vista. Objeto: Se impugna el rechazo, por el tribunal de origen, del planteo de prescripción de la pena de multa (45 unidades fijas) aplicada conjuntamente con una pena de prisión de cuatro años; la defensa sostiene que la multa había prescripto según art. 65 inc. 4° CP. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y tuvo presente la reserva del caso federal. Se ordenó el registro, notificación y remisión al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes y citas textuales): "En los casos en los que han recaído penas conjuntas, el plazo de prescripción se rige por el término mayor, en tanto se está en presencia de un castigo total y único que merece la conducta imputada por la comisión de un solo delito, y no de penas catalogadas como independientes." "En el caso, dicho plazo es el correspondiente a la pena de cuatro años de prisión y comenzó a correr desde que la sentencia condenatoria adquirió firmeza, esto es, el 9 de mayo de 2023. Por consiguiente, expirará el 9 de mayo de 2027." "Por último, el agotamiento de la pena privativa de la libertad no modifica la solución expuesta, pues el plazo de prescripción se determina en función de las sanciones impuestas conjuntamente, con prescindencia del momento en que alguna de ellas se tenga por cumplida. Una interpretación contraria importaría fragmentar una respuesta punitiva concebida de manera unitaria."
- Disidencia relevante (si la hubo): El juez Carlos A. Mahiques votó en disidencia y propuso hacer lugar al recurso de casación, anular el decisorio impugnado y remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento, sin costas. Dicha postura quedó en minoría y no fue adoptada por la Cámara.

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