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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: GALBASTRO, SILVIA ALEJANDRA s/INCONSTITUCIONALIDAD

Recurso de casación por planteo de inaplicabilidad e inconstitucionalidad de normas de ejecución penal. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de la defensa pública y sostuvo que la resolución de grado se ajusta a la doctrina plenaria que validó la compatibilidad de las normas cuestionadas, con costas.

Costas Casacion Inconstitucionalidad Inadmisibilidad Doctrina plenaria Libertad condicional Ejecucion penal Ley 27.375 Ley 24.660 Corte suprema (reserva caso federal)


¿Quién es el actor?

Defensa pública oficial de Silvia Alejandra Galbastro (recurrente).

¿A quién se demanda?

Resolución del Juez de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia (autos de ejecución por condena).
- Objeto de la demanda: recurso de casación contra auto que rechazó planteo de inconstitucionalidad y la solicitud de libertad condicional; se cuestiona la aplicación de la Ley 27.375 (modificaciones a art. 56 bis L. 24.660 y art. 14 CP) y la fundamentación del auto.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Silvia Alejandra Galbastro, con costas, y tuvo presente la reserva del caso federal. Regístrese, notifíquese, comuníquese y remítase al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos textualmente): 1) “Tal es mi voto.” (voto de razonamiento que concluye en declarar inadmisible). 2) Del voto del Dr. Petrone: “II. Que, del recurso bajo estudio, se advierte que la parte recurrente no introdujo argumentos ni una crítica razonada que logre conmover la decisión adoptada por el a quo. En ese sentido, se ha limitado a invocar la errónea aplicación de la ley sustantiva, la inconstitucionalidad de la normativa aplicada y defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso y los motivos que el a quo consideró relevantes para rechazar el planteo efectuado.” 3) También del voto del Dr. Petrone, citando doctrina plenaria: “DECLARAR como DOCTRINA PLENARIA que resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la ley 24.660 ... en cuanto estipulan que no corresponde conceder los beneficios allí referidos a quienes fueran condenados en orden a los delitos previstos en los arts. 5º, 6º y 7º de la ley 23.737...” 4) Disidencia parcial de otro voto: el Dr. Slokar propuso hacer lugar al recurso y anular el auto; sin embargo, esa propuesta quedó en minoría y la decisión mayoritaria fue la inadmisibilidad. (Se deja constancia de la disidencia del juez Alejandro W. Slokar en el cuerpo del expediente, tal como consta en los votos.)
- Montos/fechas relevantes: sentencia de condena referida Sentencia N° 61, de fecha 10/06/26; Leyes mencionadas: Ley 24.660; Ley 27.375; Plenario CFCP Ac. Nº 7/2025, sentencia 8/4/2025.

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