DUARTE CABRERA, NICOLAS EZEQUIEL -9- c/ BOSCARIOL MARECELO FELIPE Y OTROS s/DESPIDO
Reclamó despido e incapacidad por accidente laboral y pago de distintos rubros laborales. El Juzgado rechazó la demanda contra la ART y rechazó las pretensiones indemnizatorias por despido indirecto e incapacidad por falta de prueba; en favor del actor admitió parcialmente rubros laborales (haber de junio, SAC, vacaciones proporcionales y fondo de cese laboral) por $5.256,42 con intereses.
¿Quién es el actor?
DUARTE CABRERA, NICOLAS EZEQUIEL.
- Demandados: BOSCARIOL MARCELO FELIPE; BOSCARIOL ROBERTO FERNANDO; EXPERTA ART S.A. (continuadora de QBE ARGENTINA ART S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido (despido indirecto por injuria laboral), reclamo de diferencias salariales, horas extra, multa por incumplimiento de entrega de libreta de desempleo (Ley 22.250 art. 18) y reclamo por accidente de trabajo/incapacidad (monto reclamado $75.000).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda contra EXPERTA ART S.A.; se hizo lugar parcialmente contra los señores Boscariol (obligándolos a pagar mediante depósito judicial la suma de $5.256,42 más intereses conforme lo indicado) y se impusieron costas en lo que procede; se regulan honorarios. El tribunal consideró no acreditado el despido indirecto ni la incapacidad derivada del accidente por falta de prueba pericial y testimonial, pero admitió ciertos rubros laborales en liquidación por reconocimiento del vínculo y por incumplimiento probatorio de las demandadas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
“La valoración deberá ser hecha prudencialmente por los jueces, teniendo en consideración el carácter de las relaciones que resulta de un contrato de trabajo, según lo dispuesto en la presente Ley, y las modalidades y circunstancias personales en cada caso". (cita aplicada al art. 242 LCT)
“De la valoración integral de la prueba producida, conforme las reglas de la sana crítica (art. 386 CPCCN), adelanto que la pretensión no habrá de prosperar en los términos pretendidos por la parte actora... Dicha comunicación, en principio, resulta incompatible con la existencia de una voluntad patronal inequívoca de impedir la prestación de servicios... En consecuencia, considero que no se encuentra acreditada la negativa de tareas invocada como una de las causas determinantes del despido indirecto.”
“La pericial contable fue declarada de imposible cumplimiento por exclusiva responsabilidad de las demandadas... corresponde admitir el reclamo relativo al Fondo de Cese Laboral en cuanto resulte acreditado... En consecuencia, considero prudente otorgar el salario del mes de junio, el fondo de cese laboral (art 8 de la ley 22.250), SAC proporcional, el mes de junio, y vacaciones proporcionales toda vez que no ha sido acreditado su pago.”
“La perito médica designada en autos informó el 1/9/2026 que el actor, pese a encontrarse debidamente citado, no concurrió al examen médico... se tuvo al actor por resistido y/o desistido de la producción de la prueba pericial médica... dado que en la causa no existe prueba alguna de la incapacidad que el demandante afirma que padece... no resulta posible otra solución más que el rechazo de dicho reclamo.”
(Transcripción dispositiva final) “1) Rechazar la demanda interpuesta por DUARTE CABRERA, NICOLAS EZEQUIEL contra EXPERTA ART S.A. 2) Hacer lugar parcialmente la demanda interpuesta por DUARTE CABRERA, NICOLAS EZEQUIEL contra BOSCARIOL MARCELO FELIPE y BOSCARIOL ROBERTO FERNANDO a abonar ... $5.256,42 ... 2) Imponer las costas ... 3) Regular los honorarios ...” (fue la decisión del juez de primera instancia)
- Disidencias: No constan votos ni disidencias; es sentencia de primera instancia firmada por el Juez Calandrino.
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