ARANCIBIA CASTILLO, DANIEL c/ INFOEXPERTO S A s/HABEAS DATA (ART. 43 C.N.)
Acción de habeas data contra Infoexperto SA para acceder a la fuente y finalidad de datos personales. El Juzgado hizo lugar parcialmente y condenó a Infoexperto a individualizar las fuentes de obtención del domicilio, número telefónico y los datos extraídos del padrón electoral, y a informar la finalidad de su tratamiento en 10 días.
¿Quién es el actor?
Daniel Arancibia Castillo.
¿A quién se demanda?
Infoexperto SA.
- Objeto de la demanda: acción de habeas data (Ley 25.326) solicitando que Infoexperto informe fehacientemente las fuentes y autorizaciones de los datos personales que posee del actor —en particular domicilio, número telefónico móvil y datos provenientes del padrón electoral— y la finalidad o destino del tratamiento, así como copia de las autorizaciones que respaldarían el acceso y la comercialización onerosa (si existiera) de datos del BCRA.
¿Qué se resolvió?
El juzgador hizo lugar parcialmente a la acción de habeas data y condenó a Infoexperto SA a arbitrar los medios necesarios para proveer la información respecto a la fuente o fuentes concretas de las cuales obtuvo los datos personales del actor que obran en su base de datos —en particular domicilio y número telefónico—, e individualizar los datos que habría obtenido del padrón electoral; así como también informar la finalidad o destino de la obtención de tales datos, dentro de 10 días de que el pronunciamiento quede firme. Imponiendo las costas en el orden causado y regulando honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (texto original seleccionado):
"la figura en análisis tiene un doble objetivo: primero, tomar conocimiento del dato y segundo, proceder a corregirlo o suprimirlo."
"lo dispuesto en los arts. 14 y 15 de la Ley de Habeas Data obliga a la demandada a completar la información brindada, en los términos que seguidamente se expondrán."
"la acción resulta parcialmente admisible y que la accionada deberá proporcionar al actor, en forma clara, completa y en lenguaje accesible, la información que tenga registrada en sus bases de datos, debiendo individualizar la fuente o fuentes concretas de las cuales obtuvo los datos personales del actor que obran en su base de datos, en particular, su domicilio y número telefónico y los datos que habría obtenido del padrón electoral; así como también la finalidad o destino de la obtención de tales datos."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento.
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