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SANTELLAN, ALDO OSCAR c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES

Reclamo por reajuste y movilidad de haberes previsionales frente a ANSES. La Cámara admitió parcialmente la apelación de ANSES, declaró inconstitucional la Res. 56/18 (en cuanto impide usar el índice ISBIC para aportes en relación de dependencia hasta febrero de 2009), declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a ANSES.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Reajuste de haberes Villanustre Isbic Ley 24.241 Liquidacion. Resolucion 56/2018 anses Dnu 157/2018 art.3


¿Quién es el actor?

Aldo Oscar Santellán (titular de beneficio previsional otorgado conforme ley 24.241).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad del haber previsional; recálculo del haber inicial y aplicación de índices de actualización (ISBIC y pautas legales).

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación deducido por ANSES y dejó a resguardo su derecho a plantear la aplicación de las pautas del fallo Villanustre al tiempo de la liquidación si se acreditan los extremos de hecho; declaró de oficio la inconstitucionalidad de la Resolución 56/18 de ANSES (ratificada por Res. 1/2018 SSS) en cuanto impide la aplicación del índice ISBIC para actualizar aportes en relación de dependencia efectuados hasta febrero de 2009; confirmó la sentencia en lo demás; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a ANSES; no reguló honorarios a los apoderados de la parte demandada conforme art. 2 de la ley 27.423; dejó constancia de la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes): "Se concluye, entonces, que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero 2009 resulta inválida y así debe resolverse. Por ello, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto Res. 56/2018 de ANSES, ratificada por la Res. 1/2018 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social – Secretaría de la Seguridad Social ... y confirmar la aplicación del índice ISBIC para el reajuste del haber inicial del actor." "En este sentido, el Alto Tribunal de la Nación ha señalado lo siguiente: '…dado que no se ha efectuado aún una liquidación de los haberes reajustados según sentencia y no resulta posible, en consecuencia, verificar si eventualmente podría ser de aplicación el precedente “Villanustre” invocado por la alzada, resulta prematuro y conjetural expedirse sobre el planteo de la actora en este sentido'. ... Por lo expresado, se admite el planteo y se deja a resguardo el derecho de la demandada a plantear la cuestión si al tiempo de la liquidación se acreditan los extremos de hecho necesarios para la procedencia de su reclamo." "De conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES; conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
- Votos y concurrencia: El voto que contiene los fundamentos fue de la Dra. Cintia Graciela Gomez, con adhesión de los Dres. Beatriz Estela Aranguren y Mateo José Busaniche, por lo que la resolución fue adoptada por unanimidad de la Sala.

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