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MONTIVERO, JOSE HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes previsionales contra ANSES por la aplicación de regímenes de movilidad y bonos 2020-2023. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó ambos recursos de apelación, aplicando la tasa pasiva del BCRA para intereses y manteniendo la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Movilidad Anses Retroactivo Tasa pasiva bcra Reajustes previsionales Ley 27.609


¿Quién es el actor?

MONTIVERO, JOSE HUGO.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes previsionales varios, impugnación de la aplicación de regímenes de movilidad (leyes n° 27.426, 27.541, 27.609 y decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020), reconocimiento de pérdida del poder adquisitivo y determinación de intereses y gravabilidad del retroactivo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de apelación interpuestos por ANSES y por la parte actora y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios en el 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Corresponde adelantar que los mismos no logran conmover los fundamentos de la sentencia apelada, la cual aparece suficientemente motivada y ajustada a la doctrina que este Tribunal ha venido desarrollando en materia de movilidad previsional." "No basta, a tal efecto, con reiterar consideraciones generales relativas al proceso inflacionario, a la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones, al carácter no remunerativo de los bonos extraordinarios o al principio de progresividad de los derechos sociales. Era carga del apelante acreditar que, aun luego de la reparación reconocida en la sentencia de grado, subsistía un perjuicio concreto que justificara una solución distinta. Tal demostración no ha sido satisfecha." "En efecto, la parte actora cuestiona la aplicación de la tasa pasiva fijada en la instancia de grado... Sin embargo, tales planteos no logran desvirtuar el criterio adoptado por el sentenciante. Ello es así, por cuanto en materia previsional la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido de manera clara en el precedente 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSES s/ impugnación de resolución' (14/09/2004), en el cual sostuvo que la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina resulta adecuada para compensar el menoscabo patrimonial derivado de la mora..." "Con respecto a la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609... Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; los Dres. Sebastián Guillermo Soneira y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron al voto del Dr. Manuel Alberto Pizarro.

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