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ARACENA, OSCAR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes previsionales contra ANSES cuestionando la movilidad y la falta de recomposición integral. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los recursos de ambas partes, impuso las costas por su orden y reguló honorarios en un 30% de lo establecido en primera instancia.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Tasa pasiva Anses Retroactivos Reajuste previsional Movilidad previsional Ley 27.609 Honorarios 30%


¿Quién es el actor?

ARACENA, OSCAR ALFREDO.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes previsionales, impugnación de la aplicación de regímenes de movilidad (Leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020), reconocimiento de pérdida de poder adquisitivo y fijación de tasa de interés para créditos retroactivos; discusión sobre afectación del retroactivo por impuesto a las ganancias y topes legales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza NO HIZO LUGAR a los recursos de apelación deducidos por ANSES y por la parte actora y, en consecuencia, CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; impuso las costas por su orden y reguló honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Corresponde adelantar que los mismos no logran conmover los fundamentos de la sentencia apelada, la cual aparece suficientemente motivada y ajustada a la doctrina que este Tribunal ha venido desarrollando en materia de movilidad previsional." "No basta, a tal efecto, con reiterar consideraciones generales relativas al proceso inflacionario, a la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones, al carácter no remunerativo de los bonos extraordinarios o al principio de progresividad de los derechos sociales. Era carga del apelante acreditar que, aun luego de la reparación reconocida en la sentencia de grado, subsistía un perjuicio concreto que justificara una solución distinta. Tal demostración no ha sido satisfecha." "En efecto, la parte actora cuestiona la aplicación de la tasa pasiva fijada en la instancia de grado ... la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina resulta adecuada para compensar el menoscabo patrimonial derivado de la mora, atendiendo a la naturaleza de la relación previsional, el carácter alimentario de las prestaciones y las particularidades del sistema." "Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado." (con relación a la declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, la Sala entendió que la sentencia de grado se ajusta a derecho y rechazó el agravio del ANSES en ese punto).
- Votos: El voto que contiene el análisis fue del Dr. Manuel Alberto Pizarro; los Dres. Sebastián Guillermo Soneira y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron. No se registra disidencia.

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