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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CHAUCA MEZA, ALIPIO s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO DAMNIFICADO: AYBAR MAMANI, REYNA ALEXANDRA Y OTRO

La fiscalía interpuso recurso de casación contra la concesión de la suspensión de juicio a prueba (probation) de Alipio Chauca Meza por un hecho de abuso sexual contra una niña. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso, casó la decisión del 19/11/2025 que otorgó la probation y remitió las actuaciones al TOC N°15 para que reanuden su trámite.

Casacion Abuso sexual Suspension de juicio a prueba Probation Victima nina Fiscalia vinculante Audiencia art. 293 cppn Gestion de la conflictividad Toc n?15 Nulidad/casacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (fiscalía). Demandado: Alipio Chauca Meza (imputado). Objeto: Recurso de casación contra la resolución del 19/11/2025 del Tribunal Oral N°15 que concedió la suspensión de juicio a prueba (probation) a favor de Chauca Meza en causa por abuso sexual contra una niña. Decisión: Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la fiscalía, se casó la decisión del 19/11/2025 que había concedido la probation y se reenviaron las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°15 para que reanuden el trámite, sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Lo primero que se debe señalar es el carácter que los precedentes de esta sala le otorgan a la posición del acusador público para la concesión de este instituto. Al respecto, cabe recordar que, si bien es jurisprudencia reiterada de la actual composición de esta sala conceder carácter vinculante al dictamen fiscal para el otorgamiento o denegatoria de la suspensión de juicio a prueba, no menos cierto es que éste siempre debe estar sometido al control negativo de legalidad y fundamentación. En otras palabras, los jueces no pueden apartarse de la posición fiscal, si ésta se presenta razonable y adecuada a los hechos de la causa y al derecho aplicable al caso." "En función de lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por la fiscalía, casar la decisión del 19 de noviembre de 2025 que hizo lugar a la probation de Alipio Chauca Meza y, en consecuencia, devolver el caso al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 15 de la Capital Federal para que reanude el trámite de las actuaciones, sin costas (arts. 76, CP, y 456, 465 bis, 471, 530 y 531, CPPN)." Además, la Sala consideró fundada y vinculante la oposición fiscal en atención a las características del hecho y las manifestaciones de la madre de la damnificada, transcribiendo el acta: "le hablo como madre. Como bien sabe yo estoy en defensa de mi hija que tiene 10 años. Yo no le deseo esto a nadie. Yo le hablo desde el fondo de mi corazón. Yo quiero justicia. Quiero que esta persona sea condenada. Quiero justicia. Es lo único que puedo decir. Como madre exijo eso. Gracias". (No hubo voto en disidencia en el acuerdo; la resolución es unipersonal del Juez de Cámara Jorge Luis Rimondi.)

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