Legajo Nº 2 - QUERELLANTE: SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION Y OTROS IMPUTADO: AHMED, JOSÉ Y OTROS s/RECURSO
La Defensa Pública interpuso recurso de casación horizontal contra el punto IV de la resolución de la Sala IV que había casado y condenado a Hugo Luis Medina y Sergio Raúl Nazario. La Cámara Federal de Casación Penal —Sala IV— concedió la admisibilidad del recurso de casación horizontal y ordenó remitir el legajo a la Oficina de Sorteos, sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Defensa Pública Oficial que asiste a Hugo Luis Medina y Sergio Raúl Nazario.
Demandado: Contra lo resuelto en el punto dispositivo IV de la resolución de la Sala IV (Reg. 492/26.4), por la que se habían casado puntos de la sentencia y se impusieron condenas a Medina y Nazario.
Objeto: Se solicita la admisibilidad del recurso de casación horizontal interpuesto contra la decisión que en el punto IV casó y condenó a los nombrados.
Decisión: Se concedió el recurso de casación horizontal interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Hugo Luis Medina y Sergio Raúl Nazario contra lo resuelto en el punto dispositivo IV de la resolución de la Sala IV -Reg. 492/26.4-; sin costas. Se ordenó registrar, notificar, comunicar y remitir el legajo a la Oficina de Sorteos de la Cámara para desinsacular a los magistrados que intervendrán en la impugnación concedida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"Es jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 337:901 “Duarte” y posteriormente Fallos: 342:2389 “P., S.M.”) y de esta Sala IV (cfr. FMZ 24909/2017/TO1, rta. 19/08/20, Reg. 1340/20; FSM 62590/2015/TO1/24, rta. 11/10/19, Reg. 2088/19 y FMZ 28946/2016/TO1/CFC1, rta. 4/10/19, Reg. 2014/19, entre muchas otras) que ante una condena dictada directamente por esta Cámara resulta procedente un recurso de casación ordinario a fin de garantizar una revisión amplia y eficaz de esa condena que permita hacer operativo el derecho al recurso consagrado constitucionalmente
- art. 75, inc. 22, en función de los arts. 8.2.h CADH y 14.5 PIDCP-."
"En estos términos, frente a la sentencia de condena dictada por esta Sala IV en el punto IV de la resolución impugnada, y encontrándose reunidos los requisitos de procedibilidad formal previstos en los arts. 456 y ss. del Código Procesal Penal de la Nación, corresponde que el recurso de casación horizontal presentado por la defensa de Hugo Luis Medina y Sergio Raúl Nazario sea concedido, a fin de garantizar el ejercicio efectivo de su derecho al recurso (art. 75, inc. 22, en función de los arts. 8.2.h CADH y 14.5 PIDCP)."
"CONCEDER el recurso de casación horizontal interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Hugo Luis Medina y Sergio Raúl Nazario contra lo resuelto en el punto dispositivo IV de la resolución de esta Sala IV -Reg. 492/26.4-; sin costas (arts. 456, ss., 530 y 531 CPPN). Regístrese, notifíquese, comuníquese y remítase el legajo a la Oficina de Sorteos de esta Cámara a fin que desinsacule a los magistrados que intervendrán en la impugnación que aquí se concede."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el acuerdo final.
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