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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DÍAZ, JONATHAN ABEL s/USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296)

La defensa de Jonathan Abel Díaz interpuso recurso de casación contra la sentencia de juicio por estafa y absolución parcial por uso de documento público falso. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, rechazó el recurso de casación y sostuvo la valoración integral de la prueba que vinculó a Díaz con la recepción y disposición de $220.000 provenientes de la maniobra defraudatoria, sin imponer costas en la instancia.

Casacion Prueba de indicios Estafa Coautoria Transferencia bancaria Uso de documento publico falso Cadena de transferencias Doctrina casal Capturas de pantalla Recibido y disposicion de fondos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa particular de Jonathan Abel Díaz (recurrente en casación). Demandado: Tribunal de alzada / Ministerio Público Fiscal como contraparte en la causa (impugna la sentencia del Tribunal Oral Federal N°4 de San Martín). Objeto: Recurso de casación contra la sentencia de fecha 23/04/2026 que absolvió a Díaz por uso de documento público falso y lo condenó por estafa a 2 años de prisión efectiva, además de declarar la reincidencia. Decisión: Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa, por mayoría, sin costas en la instancia. El tribunal de casación consideró formalmente admisible el recurso, examinó los agravios siguiendo la doctrina “Casal” y sostuvo que la valoración conjunta de indicios y pruebas incorporadas al debate justificó la conclusión condenatoria por estafa.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): 1) "La prueba producida e incorporada al debate permite tener por debidamente acreditada la maniobra defraudatoria de la que resultó víctima Villalba en todos sus extremos típicos; esto es, el ardid desplegado para inducir a error a la víctima, el error efectivamente provocado, la consecuente disposición patrimonial y el perjuicio económico derivado de aquélla. Asimismo, las constancias incorporadas como prueba permiten establecer que el dinero abonado por el damnificado, luego de una breve transferencia intermedia, ingresó a una cuenta bancaria de titularidad de Jonathan Abel Díaz, quien resultó ser el destinatario final del producido del ilícito y dispuso posteriormente de esos fondos como propios." (voto proponente) 2) "La recepción del dinero no constituyó el único elemento valorado para fundar la condena, sino uno de los eslabones de una secuencia probatoria que permitió reconstruir el circuito de la defraudación y vincular al imputado con quienes intervinieron en su ejecución." (voto proponente) 3) "En tales condiciones, la inferencia relativa al conocimiento y a la adhesión del imputado al plan defraudatorio no constituye una mera conjetura, sino una conclusión que derivada razonablemente de la valoración integral del material probatorio incorporado al debate." (voto proponente) 4) Sobre alcance de la revisión: "el recurso de casación interpuesto ... resulta formalmente admisible ... y exige su examen de acuerdo con los estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Casal, Matías Eugenio' (Fallos: 328:3399) que impone el esfuerzo por revisar todo lo que sea susceptible de revisar dentro del fallo." (voto proponente)
- Votos en disidencia: No hubo voto en disidencia; la resolución fue por mayoría con los tres jueces firmantes concordando en el rechazo (Slokar adhirió "con imposición de costas" en su breve voto, pero el acuerdo resolvió "sin costas en la instancia").

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