Logo

LUCIANO ADRIANA GLADYS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes de la Prestación Básica Universal y cuestionó la aplicación de la ley 27.609 y de topes de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609, diferió para la ejecución el análisis sobre topes, confirmó la sentencia en lo demás e impuso costas por su orden en la alzada.

Costas Honorarios Ejecucion de sentencia Inconstitucionalidad Anses Prestacion basica universal Tasa de sustitucion Topes de haberes Ley 27.609 Revision de pbu


¿Quién es el actor?

LUCIANO ADRIANA GLADYS (la actora que promovió la acción).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios vinculados a la Prestación Básica Universal (PBU), actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial (PC, PAP, IB), aplicación de la ley 27.609, aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463; art. 26 ley 24.241), retención del impuesto a las ganancias, tasa de interés y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos explicados; y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Determinó además costas por su orden en la alzada y fijó honorarios para la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada ... Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo." "En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida." "Para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—) ... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis." "Que ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada [ley 27.609], toda vez que no se evidencia irracionalidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra ... topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, Art. 26 de la ley 24.241) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto..." Sobre costas: "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423). Costas por su orden en la Alzada ..."
- Votos o opiniones particulares relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" respecto de varias cuestiones, entre ellas observaciones sobre la actualización de remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial y sobre el tratamiento de la PBU y la ley 27.609 (remitiéndose a precedentes), opinión que se consignó separadamente pero no alteró el acuerdo mayoritario. Esa manifestación fue consignada pero la decisión que rige es la plasmada en la parte resolutiva por mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar