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VERA, EDUARDO JAVIER Y OTROS c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores reclamaron daños y perjuicios contra Edesur S.A. por la caída de un poste y reiteradas interrupciones del servicio eléctrico que afectaron su vivienda. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Edesur a pagar a cada actor $2.886.603,44 (incluye daño material, reparación del muro, daño moral y daño punitivo), con más intereses y costas.

Responsabilidad objetiva Dano moral Dano material Dano punitivo Reparacion plena Edesur Caida de poste Enre Juzgado civil y comercial federal Interrupciones de suministro

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Abel Aníbal Carrizo; Eduardo Javier Vera; Alcira Mabel Carrizo. Demandado: Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (Edesur S.A.). Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de la caída de un poste de energía eléctrica sobre su vivienda el 19/12/2020 y por interrupciones reiteradas y prolongadas del suministro eléctrico (período 01/01/2012 hasta la presentación de la demanda), más daño moral y daño punitivo. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Edesur S.A. a pagar a cada actor la suma de $2.886.603,44 (detallada en la parte dispositiva), con más sus intereses en las formas y plazos fijados en la sentencia y con costas impuestas a la demandada, todo dentro de los diez días desde que el pronunciamiento quede firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Cabe tener por debidamente demostrado que, entre el 01/01/2012 y la fecha de promoción de estas actuaciones, ocurrieron interrupciones del servicio de electricidad prestado por la accionada en el domicilio que habitan los actores, que totalizaron más de 1.087 horas sin fluido eléctrico (v. informe del Ente Nacional Regulador de la Electricidad incorporado con fecha 17/04/2023, que no fuera impugnado en los términos del art. 403 del CPCCN). De ese informe surge, asimismo, que el suministro correspondiente al inmueble de la calle Berna 1422 de Florencio Varela se encuentra registrado en tarifa 1R bajo el identificador de usuario n° 2803036, a nombre de Abel Carrizo, con medidor instalado el 03/08/2001." "El dictamen del perito ingeniero civil Juan Alberto Bruni de fecha 03/10/2023 —que no fuera cuestionado en los términos del art. 473 del CPCCN— da cuenta de que, en la inspección practicada el 28/09/2023 en el inmueble de la calle Berna 1422, el experto constató que la pared del frente, en la ochava de la esquina sudoeste de las calles Berna y Yugoslavia, se encuentra rajada, y que la mampostería presenta fisuras en su unión con la columna de hormigón, en el sector superior del muro. ... Contrastando esas comprobaciones con las fotografías acompañadas al escrito de inicio, el experto concluyó que las rajaduras observadas guardan relación con la caída del poste que sostiene los dos transformadores eléctricos sobre el muro en cuestión. ... Ese dictamen, apreciado conforme las pautas del art. 477 del CPCCN, resulta suficiente para tener por acreditados tanto la caída del poste como el nexo causal entre ese hecho y los daños constatados en la pared." "Así las cosas, ponderando la entidad, la reiteración y la duración de las interrupciones acreditadas a lo largo del período examinado, estimo prudente fijar este concepto —de conformidad con las facultades que confiere el art. 165 del CPCC— en la suma de $700.000 para cada uno de los actores. ... Se reconoce, pues, por este concepto la suma total de $559.810,32, que se distribuye por partes iguales entre los tres actores, correspondiendo la suma de $186.603,44 a cada uno de ellos."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en esta sentencia (decisión unipersonal del juez de primera instancia).

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