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DEL VALLE GOMEZ, MARIA ESTELA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) en BRUKEIN SA C/ DEL VALLE GOMEZ, MARIA ESTELA S/ FIJACION Y/O COBRO DE VALOR LOCATIVO (EXPTE. N° 94539/2017)

María Estela del Valle Gómez interpuso queja contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad en una causa sobre fijación y cobro de valor locativo. El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por considerar que no se configuró un pronunciamiento definitivo equiparable que habilite la intervención de esta instancia extraordinaria.

Ejecucion de sentencia Desistimiento Division de condominio Canon locativo Sentencia definitiva Sentencia firme Deposito previo Homologacion del acuerdo Resoluciones posteriores a la sentencia definitiva Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Reintegro del deposito

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor (Quejoso): María Estela del Valle Gómez Demandado (Demandada en la causa principal): Brukein SA Objeto del reclamo: La quejosa impugnó mediante recurso de inconstitucionalidad la resolución de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que desestimó su planteo respecto de la ejecución de sentencia en la causa sobre fijación y cobro de valor locativo. Sostuvo que debería eximírsele del pago de cánones locativos y honorarios del letrado de la actora conforme a las cláusulas 9° y 10° del acuerdo homologado en expediente conexo sobre división de condominio. Decisión del tribunal: El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja interpuesta, reintegró el depósito y ordenó registrar y notificar la resolución para su agregación a los autos principales. Fundamentos principales: Las juezas Alicia E.C. Ruiz y Marcela De Langhe expresaron en su voto: "La queja ha sido interpuesta en tiempo y forma —art. 33 de la ley 402 y Ac. 1/2025 del Tribunal—, pero no puede prosperar por cuanto la resolución que en último término pretende cuestionar la recurrente no es la definitiva a la que se refiere el art. 27 de la ley 402 ni ha demostrado que esa decisión deba ser equiparada a una de la especie mencionada. Y es que la recurrente pretende cuestionar una resolución adoptada en la etapa de ejecución de sentencia, y no demuestra que la interpretación que realizaron los jueces de mérito del alcance y firmeza de sus decisiones previas importe una afectación irreparable e injustificable del derecho de defensa." Asimismo, enfatizaron: "La invocación genérica de agravios constitucionales y la tacha de arbitrariedad de la sentencia no son suficientes para superar la ausencia, en el caso, de los recaudos de sentencia definitiva o equiparable a tal pues como sostiene la Corte Suprema de Justicia de la Nación, '(I)a invocación de arbitrariedad o el desconocimiento de garantías constitucionales no autoriza a prescindir de la existencia de un pronunciamiento definitivo.'" La jueza Inés M. Weinberg, en su voto, precisó: "Los agravios desarrollados expresan una mera disconformidad con el criterio adoptado por las instancias de mérito respecto de la ejecución del pronunciamiento definitivo y de los alcances del acuerdo homologado en otro expediente, pero no logran vincular tales cuestionamientos con la afectación concreta de una garantía constitucional, ni demostrar la configuración de un supuesto de arbitrariedad. Tampoco se verifica en el caso una lesión clara al debido proceso o al derecho de defensa que, por su entidad, justifique la intervención de esta instancia extraordinaria."

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